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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 10 de setiembre de 2022 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31571 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ASEGURA Y PROMUEVE LA EJECUCIÓN Y CULMINACIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO CHAVIMOCHIC Y AFIANZA EL DESARROLLO DE LA FRONTERA HÍDRICA Artículo único. Declaratoria de interés nacional Declárase de prioritario interés nacional y necesidad pública la adopción de las medidas por parte del Poder Ejecutivo que garanticen la culminación de la Presa Palo Redondo, la misma que es componente del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic III Etapa. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Autorización al Gobierno Nacional Autorízase al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), en su calidad de concedente, a negociar y acordar modi fi caciones en el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic III Etapa, con la fi nalidad de viabilizar la culminación de las obras de la Presa Palo Redondo, la terminación anticipada del Contrato una vez concluidas las pruebas de puesta en marcha de la Presa Palo Redondo y, de estimarlo pertinente, un periodo mínimo de operación que garantice su funcionalidad. Segunda. Modi fi caciones contractuales Las modi fi caciones contractuales que se acuerden en el marco de la renegociación del Contrato de Concesión que se autoriza deben incluir cláusulas anticorrupción y no podrán reconocer el pago de intereses o prestaciones adicionales que no hayan sido expresamente establecidos en el Contrato de Concesión, cuya interpretación y aplicación corresponde exclusivamente a las partes, ni el pago de ninguna compensación o indemnización a favor del concesionario. Asimismo, deben cumplirse los aspectos del procedimiento de modi fi cación contractual establecidos en el Decreto Legislativo 1362 y su reglamento. Tercera. Opiniones e informe previo En el marco del pedido de opiniones e informe previo sobre la referida modi fi cación contractual, el MIDAGRI solicita y sustenta la necesidad y bene fi cios de la culminación de la ejecución de la Presa Palo Redondo y posterior terminación anticipada del Contrato de Concesión, mediante un análisis costo-bene fi cio de las distintas alternativas evaluadas. Para este análisis el MIDAGRI deberá aprobar, mediante resolución ministerial, lineamientos y metodología para el análisis costo-bene fi cio. Cuarta. Opinión de PROINVERSIÓN De manera excepcional, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), evaluar y emitir opinión exclusivamente sobre si las modi fi caciones contractuales pueden afectar la posibilidad de estructurar un nuevo esquema de concesión bajo la modalidad de Asociación Público Privada que considere la construcción de las obras restantes y la operación de las obras del proyecto en su conjunto, manteniendo el alcance original de las obras previstas en el Contrato de Concesión; así como sobre el análisis costo-bene fi cio de las alternativas evaluadas por el MIDAGRI. Quinta. Opinión del Ministerio de Economía y Finanzas El Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión previa en los temas de su competencia a la referida modi fi cación contractual presentada por el MIDAGRI, el cual adjunta la opinión de PROINVERSIÓN antes señalada. Luego de recabada la opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, el MIDAGRI solicita a la Contraloría General de la República la emisión del informe previo sobre la modi fi cación contractual, en el marco de sus competencias. Sexta. Operación del Proyecto Dispónese que el MIDAGRI asuma la operación del proyecto de manera provisional, a partir de la con fi guración de la Terminación Anticipada del Contrato de Concesión en el marco de lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza Nº 156-2022-MCPSMH.- Ordenanza que regula la prevención y control de ruidos molestos en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa 137 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA D.A. Nº 014-2022-MDJM.- Aprueban el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el periodo 2022 de la Municipalidad 141 D.A. Nº 015-2022-MDJM.- Modifican el Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2022-MDJM 142MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. Nº 026-2022-ALC/MSI.- Convocan a elecciones de Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, para el período 2023 y designan al Comité Electoral 143 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Anexo - Res. Nº 143-2022-CD/OSIPTEL.- Norma que establece la Oferta Referencial de Compartición (ORC) aplicable a la compartición de infraestructura eléctrica utilizada para el despliegue de redes de telecomunicaciones