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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 10 de setiembre de 2022 El Peruano / de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Unidad Ejecutora 001: SUNEDU - Sede Central, de acuerdo al siguiente detalle: PAOLA DIANA REYES PARRA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 3 298,75Viáticos : US$ 2 160,00(02 de instalación y 2 días de evento – US $ 540,00 x día) Artículo 3.- Disponer que la servidora citada en el artículo 1 de la presente Resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultado del evento. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2104182-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a favor de la empresa Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C., concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV Central Fotovoltaica Milagros - S.E. Santa Rosa”, ubicada en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2022-MINEM/DM Lima, 1 de setiembre de 2022VISTOS: El Expediente Nº 14400622, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV Central Fotovoltaica Milagros – S.E. Santa Rosa”, presentada por la empresa Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C. (en adelante, PF IQUITOS); los Informes Nos. 417 y 561-2022-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; los Informes Nos. 0741 y 0837-2022-MINEM/OGAJ, elaborados por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante documento con Registro Nº 3268095 (ventanilla virtual), de fecha 02 de febrero de 2022, PF IQUITOS solicita el otorgamiento de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV Central Fotovoltaica Milagros – S.E. Santa Rosa”, ubicada en los distritos de San Juan Bautista y Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resuelto; asimismo, el referido artículo establece que la concesión de fi nitiva será otorgada por Resolución Ministerial de Energía y Minas;Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión de fi nitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, en los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que corresponde otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV Central Fotovoltaica Milagros – S.E. Santa Rosa”, a favor de PF IQUITOS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 178-2020-MINEM/DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV Central Fotovoltaica Milagros – S.E. Santa Rosa”, ubicada en los distritos de San Juan Bautista y Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, de acuerdo a las consideraciones legales expuestas en la presente Resolución Ministerial, y en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)Nº de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) Central Fotovoltaica Milagros – S.E. Santa Rosa 60 02 13,73 16 Artículo 3.- Aprobar el texto de la minuta del Contrato de Concesión Nº 574-2022 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la empresa Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 574-2022, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 574-2022, referido en el artículo 3 de la presente Resolución; en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario ofi cial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2101749-1