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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (11/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 11 de setiembre de 2022 El Peruano / MFA, de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), crea dicho sistema como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como, evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la citada Ley N° 29664, establece que la Gestión del Riesgo de Desastres, es un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; y, está basada en la investigación cientí fi ca y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, el Objetivo Prioritario 3, Mejorar la implementación articulada de la Gestión del Riesgo de Desastres en el territorio, de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobada mediante Decreto Supremo N° 038-2021-PCM, establece entre sus lineamientos, implementar medidas para la optimización de la gestión del riesgo de desastres en los tres niveles de gobierno, así como, fortalece la coordinación y articulación a nivel sectorial, entre otros; Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 9 y el literal d) del artículo 10 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la Presidencia del Consejo de Ministros asume la función de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y tiene como atribución integrar los esfuerzos públicos, privados y comunitarios para garantizar un manejo oportuno y e fi ciente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para los procesos; Que, el Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024 aprobado por Decreto Supremo N°047-2022-PCM, considera como ámbito para la ejecución de las intervenciones a un total de 9,580 centros poblados, ubicados en 553 distritos del país, de los cuales 6,787 centros poblados en 436 distritos, de 96 provincias se encuentran expuestos a Heladas; y, 2,793 centros poblados en 117 distritos, de 36 provincias, a friaje; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2022- PCM dispone que el Viceministerio de Gobernanza Territorial a través de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres realiza el seguimiento al cumplimiento del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo dispone que el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial mediante Resolución Viceministerial aprueba el Plan de Seguimiento y Monitoreo y el Plan Comunicacional, del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”; Que, a través del Informe N° 000003-2022-UF- OTGRD-MFA de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres de este Viceministerio, se remite el proyecto de Plan de Seguimiento y Monitoreo del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”, precisándose que el mismo ha sido elaborado con la participación de las entidades responsables de la implementación de las intervenciones contenidas en el mencionado Plan Multisectorial, con la cuales se han planteado los indicadores de cumplimiento de las metas físicas y fi nancieras y que permitirán conocer el nivel de avance y cumplimiento de objetivos del Plan, así como también para generar retroalimentación en el proceso de diseño y ejecución de las intervenciones, entre otros aspectos contenidos en el mencionado proyecto; Que, asimismo, se adjunta a dicho informe el proyecto del Plan Comunicacional del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”, indicando que el mismo ha sido elaborado por la Secretaría de Comunicación Social, en coordinación con las respectivas o fi cinas de comunicación social de las entidades responsables de la implementación de las intervenciones contenidas en el mencionado Plan Multisectorial; Que, en el marco de las normas citadas y en atención a los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Plan de Seguimiento y Monitoreo y el Plan Comunicacional, del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobada por el Decreto Supremo N° 038-2021-PCM; el Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2022-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan de Seguimiento y Monitoreo del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024 Apruébese el Plan de Seguimiento y Monitoreo del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024” y sus anexos, que como Anexo 01 forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2.- Aprobación del Plan Comunicacional del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024 Apruébese el Plan Comunicacional del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”, que como Anexo 02 forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Financiamiento La implementación del Plan de Seguimiento y Monitoreo del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024” se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, conforme a la normatividad vigente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente Resolución Viceministerial y sus Anexos se publiquen en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PALOMINO SANCHEZ Viceministro de Gobernanza Territorial 2104312-1 CUL TURA Otorgan a ciudadana la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000290-2022-DM/MC San Borja, 8 de septiembre del 2022