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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (11/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Domingo 11 de setiembre de 2022 El Peruano / VISTOS; el Proveído N° 006038-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000361-2022-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 001071-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “ Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura ”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107- 2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante el Informe N° 000361-2022-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe N° 000408-2022-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora JESUS MORALES SAGASTEGUI, por su aporte y extensa trayectoria artística como actriz, y por ser un referente de la comicidad en la historia de la televisión peruana; Que, siendo esto así, y atendiendo a que los órganos competentes han emitido opinión favorable y brindado el sustento de orden técnico para otorgar el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora JESUS MORALES SAGASTEGUI, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora JESUS MORALES SAGASTEGUI, por su aporte y extensa trayectoria artística como actriz, y por ser un referente de la comicidad en la historia de la televisión peruana. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Cultura 2103836-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0912-2022-DE Lima, 7 de setiembre de 2022 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001136-2022-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01942-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01409-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante FAX Nº 025-AGCHI, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Chile remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, el O fi cio EMGFA. DRI. SDE. “P” Nº 2799/A.D.A.A.PER.CH, a través del cual el Director de Relaciones Internacionales de la Fuerza Aérea de Chile informa sobre la realización del Ejercicio Aéreo Multinacional Combinado “SALITRE IV”, a efectuarse en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 17 al 21 de octubre de 2022, con el propósito de que una delegación conformada por dos (2) O fi ciales observadores, participen en el referido Ejercicio Aéreo; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 046- 2022, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable sobre la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Eddy