NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / Capítulos, 145 Artículos y el Organigrama y solicita se derive a la O fi cina de Asesoría Jurídica para su informe y visación que valide su legalidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50.2 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba Los Lineamientos del Estado, en el que se precisa que el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el proyecto del dispositivo legal aprobatorio, deben estar debidamente visados por el órgano responsable de su elaboración y el órgano de asesoría jurídica de la entidad o el que haga sus veces; posteriormente corresponde la aprobación del Titular mediante resolución, tal como lo establece el numeral 6.6. de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Universidades Públicas”; Que, con Informe Legal Nº 0764-2022-OAJ/UNT, la O fi cina de Asesoría Jurídica sostiene que con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba Los Lineamientos del Estado, se establece los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado y con Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Universidades Públicas”; asimismo, establece los criterios y reglas especiales y fl exibles para la formulación del ROF, a fi n de que desarrollen sus estructuras orgánicas así como las funciones generales y especí fi cas de cada una de sus unidades de organización que la componen y contribuyen en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública. También en el artículo 45º, numeral 45.3, literal z) del citado Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, sobre Norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, establece: a) El Poder Judicial, Organismos Constitucionalmente Autónomos y Universidades Públicas, por Resolución del Titular; asimismo, el numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Universitaria, Ley 30220 señala que la autonomía universitaria se mani fi esta, entre otros, en lo NORMATIVO, que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria, en ese sentido el numeral 8.2. se entiende que la autonomía normativa garantiza que la Universidad Nacional de Trujillo, cuente con su ordenamiento jurídico interno, que le permita regular sus actividades académicas administrativas; de esta forma permitir el funcionamiento de sus órganos que lo conforman, es decir, tiene la potestad de autodeterminación. Acotó también que el artículo 60 de la Ley Universitaria, señala que el RECTOR es el personero y representante legal de la Universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto. Bajo ese sustento y teniendo en cuenta lo actuado en el expediente, opina por la procedencia de la aprobación del nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO así como el ORGANIGRAMA, en virtud a lo precisado en el Informe Técnico Nº 102-2022-OPP/DOM, siendo necesario que el Titular de la Entidad emita el acto administrativo correspondiente; Que, con Proveído Nº 3580-2022-R/UNT, el señor Rector dispone la emisión de la resolución rectoral correspondiente, teniendo en cuenta lo informado por la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; Estando a lo expuesto, en mérito a las atribuciones conferidas al Rectorado, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículos 8º, 60º y 62º inciso 62.2 de la Ley Universitaria Nº 30220, concordantes con los artículos 27º y 28º del Estatuto reformado; SE RESUELVE:1º) APROBAR el nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional de Trujillo, el mismo que comprende II Títulos, XI Capítulos y 145 artículos, que forma parte integrante de la presente resolución.2º) APROBAR el ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de Trujillo, que forma parte integrante de la presente resolución. 3º) DEROGAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama de la UNT, aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 801-2018/UNT del 17 de mayo de 2018; así como todo dispositivo y norma interna que se le oponga. 4º) DISPONER que el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF y ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de Trujillo, entran en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación. 5º) DISPONER que el Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector de Investigación, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, Directores de Escuelas Profesionales, Directores de Departamentos Académicos, Director General de Administración, Jefes de O fi cinas y demás autoridades de unidades de organización de la UNT, efectúen la adecuación de las disposiciones contenidas en el Reglamento adjunto, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles, a partir de la vigencia del presente Reglamento. 6º) ENCARGAR a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Organigrama de la Universidad Nacional de Trujillo, en el diario o fi cial “El Peruano”. 7º) ENCARGAR al Jefe de la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, en coordinación con el Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama de la Universidad Nacional de Trujillo, en el Portal de Transparencia y en la página web de la UNT. 8º) REMITIR a la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU, el Reglamento de Organización y Funciones y sus Informes Técnicos sustentatorios en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobados. 9º) NOTIFICAR la presente Resolución a todas las instancias y dependencias académicas y administrativas de la UNT, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARLOS ALBERTO VÁSQUEZ BOYER Rector 2109309-4 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 10326-2022-UNJBG Tacna, 8 de agosto de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 2576-2022-OPEP/UNJBG, Proveídos Nº 5831-2022-REDO y Nº 2857-2022-SEGE, Informe Nº 2095-2022-UPP-OPEP/UNJBG, Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 3586, O fi cio Nº 437-2022-VIIN- UNJBG, Informe Nº 251-2022-ININ-VIIN-UN/JBG, O fi cio Nº 145-2022-PIQDIABLO-UNJBG, sobre autorización de viaje al exterior del MGR. FREDY CLETO CABRERA OLIVERA, docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; CONSIDERANDO:Que el Vicerrector de Investigación, da a conocer que el Mgr. Fredy Cleto Cabrera Olivera, Co-Investigador del Proyecto de Investigación titulado “ESTUDIO DE