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38 NORMAS LEGALES Martes 11 de abril de 2023 El Peruano / DEBE DECIR: Artículo Primero.- (…) como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro (…) DICE: Artículo Segundo.- (…) y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima. DEBE DECIR:Artículo Segundo.- (…) y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, con vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, conforme a lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. 2167769-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ratifican el monto de las dietas de regidores del Concejo Municipal de Surquillo, para la gestión 2023-2026 ACUERDO DE CONCEJO Nº 17-2023-MDS Surquillo, 30 de marzo de 2023LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 6 realizada el 30 de marzo de 2023, se dió cuenta de la consulta realizada por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Surquillo a la Dirección de Desarrollo Jurídico y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cumplimiento del artículo 3 del Acuerdo de Concejo Nº 04-2023 de fecha 27 de enero de 2023, respecto a los alcances de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, que aprueba disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, frente a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas; Que, mediante O fi cio Nº 045-2023-JUS/DGDNCR de fecha 10 de marzo de 2023, la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Reguladora el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informa sobre la consulta realizada, que corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de sus unidades de organización competentes, atender la consulta sobre la presunta incompatibilidad entre lo prescrito por el artículo 12 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 5 numeral 2 de la Ley Nº 28212, con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 413-2019-EF (literal c); Que, a través del O fi cio Nº 319-2023-EF/53.04 de fecha 15 de marzo de 2023, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas traslada el Informe Nº 0442-2023-EF/53.04 elaborado por la Dirección de Gestión de Personal Activo, concluye que para aprobar los montos de las dietas de los regidores, los concejos municipales deben veri fi car que no superen el 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del alcalde, que se cuente con crédito presupuestario y que dicha aprobación se lleve a cabo dentro del primer trimestre del primer año de gestión, no siendo posible incrementos y reajustes posteriores; Que, con el Informe Nº 132-2023-MDS-GAJ de fecha 27 de marzo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la dieta de los señores regidores de la Municipalidad de Surquillo, es fi jada teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal y la misma no puede ser mayor al 30% de la remuneración correspondiente a los ingresos mensuales de la alcaldesa; dicha conclusión tiene concordancia con la Opinión Nº 0042-2023-DGGFRH/DGPA de fecha 13 de marzo de 2023, de la Directora de Gestión de Personal Activo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2023, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 71-2022-MDS de fecha 27 de diciembre de 2022 y promulgado con Resolución de Alcaldía Nº 1071-2022-MDS se encuentra previsto la dieta para los regidores por el monto presupuestado anual de S/ 210,600.00 (Doscientos Diez Mil Seiscientos con 00/100 Soles); Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en los artículo 39 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica e Municipalidades, el Concejo Distrital de Surquillo, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1º.- Ratifi car el monto de las dietas de los señores regidores del Concejo Municipal de Surquillo, para la presente gestión 2023-2026, en S/ 975.00 (Novecientos Setenta y Cinco con 00/100 Soles) por asistencia efectiva a una sesión, establecido en el Presupuesto Institucional de Apertura, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 071-2022-MDS de fecha 27 de diciembre de 2022, abonándose hasta por un máximo de dos (2) sesiones por mes. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Estadística e Informática la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Artículo 3º.- Encargar a la Secretaria General de Concejo la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Estadística e Informática la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ Alcaldesa 2167743-1