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60 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 y la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2023-MDLP La Perla, 14 de abril de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. VISTO: El Informe Nº 086-2023-GPPM/MDLP de la Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Modernización de fecha 05 de abril del 202, el Informe Nº 305-2023-GAJ-MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 12 de abril del 2023, el Memorándum Nº 519-2023-GM/MDLP de la Gerencia Municipal de fecha 14 de abril del 2023; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Orgánica de municipalidades en su artículo 6° señala que el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, determina que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestión Pública; Que, el artículo 53º de la mencionada ley, señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de plani fi cación; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, señala en su Artículo 3º que dicho proceso tiene como fi nalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible;Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de abril de 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados, asimismo señala que el Rol del alcalde en el Proceso del Presupuesto Participativo es la de organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público; Que, mediante Ordenanza Nº 05-2023-MDLP, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de marzo del 2023, se aprueba la Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2024, 2025 y 2026 del Distrito de La Perla; Que, el Numeral 17.2 del Artículo 17° del referido Reglamento establece que “El Equipo Técnico propondrá e identi fi cará un conjunto de criterios de priorización los cuales serán concertados con los Agentes Participantes en el marco del taller, producto de dicha identi fi cación de criterios se establecerá una matriz de criterios con puntajes a cada criterio, la cual al aplicarse a la cartera de proyectos priorizada genera un puntaje para cada proyecto”; Que, el Artículo 27° del referido Reglamento establece el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal correspondiente se desarrolla secuencialmente de acuerdo a un Cronograma de Actividades a ser aprobado por el Alcalde del Distrito; Que, mediante Informe N° 086-2023-GPPM/MDLP de fecha 05 de abril de 2023, la Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Modernización remite el “Proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 del Distrito de La Perla” y la Matriz de Evaluación de Priorización de Proyectos del Presupuesto Participativo 2024; Que, mediante Informe N° 305-2023-GAJ-MDLP de fecha 12 de abril del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de Aprobar el “Proyecto del Decreto de Alcaldía que aprueba el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 del Distrito de La Perla” y la Matriz de Evaluación de Priorización de Proyectos del Presupuesto Participativo 2024; Que, mediante Memorándum N° 519-2023-GM-MDLP de fecha 14 de abril de 2023, Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a Secretaría General para continuar con el trámite correspondiente; QUE, ESTANDO A LO EXPUESTO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024, en virtud a la Ordenanza Nº 05-2023-MDLP, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de marzo del 2023, el cual será parte integrante de la presente. Artículo Segundo.- APROBAR la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024, en virtud a la Ordenanza Nº 05-2023-MDLP, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de marzo del 2023, el cual será parte integrante de la presente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Sociedad Civil organizada podrá inscribir a un Miembro Titular y a un Miembro Suplente para que los represente en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al EQUIPO TÉCNICO conformado en virtud del Artículo 23° de la Ordenanza Nº 05-2023-MDLP, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de marzo del 2023, el fi el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a SECRETARÍA GENERAL la publicación del texto del presente Decreto