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53 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / del Título IV, sobre Descentralización, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley, debiendo promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la Gestión Pública, según lo determina el Artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9°, 53°, 97° y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, se prescribe que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece disposiciones que aseguran la efectiva participación de la Sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobierno Locales; Que, la Ley Nº 29298 que modi fi ca los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias, alcances, fases y o fi cialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo, precisando que cada instancia del proceso de programación participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú; Que, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública, a ser considerados por los Gobiernos Locales en sus respectivos procesos de Presupuesto Participativo, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF, modi fi ca los artículos 3°,4° y 5° correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo; Que, el Decreto Supremo N° 142 -2009-EF, aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del artículo 2º señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece a las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se de fi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a complementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de Planeamiento y Presupuesto Participativo, se emitió la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados”, en el cual se estableció los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del presupuesto participativo en los Gobiernos locales, entre otros; Que, mediante el Informe N° 035-2023-GPP/MDP, de fecha 06 de marzo del 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fi scal 2023, en el marco de la Ley N°28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modi fi catorias, entre norma legal relacionado al citado proceso; Que, por medio del Informe Legal N° 110-2023- GAJ/MDP, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera legalmente viable expedir la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fi scal 2024, en los términos propuestos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º y el artículo 40° de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto por UNANIMIDAD de los señores miembros del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2023 y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADOS EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE PUCUSANA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2024 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Pucusana para el año fi scal 2024, que consta de tres títulos, dieciocho artículos y cinco disposiciones complementarias y fi nales; cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2024, del Distrito de Pucusana. N° ACTIVIDADES FECHA 1 Aprobación del Reglamento y Ordenanza Municipal 17 de abril 2023 2Convocatoria y Sensibilización del proceso Presupuesto Participativo por Resultados 2023:2.1 Difusión del Proceso Participativo.2.2 Invitación a la Sociedad Civil, Organizaciones e Instituciones de la Jurisdicción de la Distrito.2.3 Convocatoria PúblicaDel 18 de abril al 02 mayo 2023 3 Inscripción y Acreditación de Agentes Participantes. 03 de mayo 2023 4Entrega de credenciales a los Agentes Participantes Aptos.04 de mayo 2023 51) Taller: Taller de capacitación de Agentes Participantes.- Identi ficación y priorización de resultados y propuestas de ideas de proyectos.10 mayo de 2023 62) Taller: Presentación de objetivos del PDLC, priorización de proyectos y formalización de acuerdos, y elección de Comité de Vigilancia12 de mayo de 2023 7 Rendición de Cuentas15 de mayo de 2023 Artículo Tercero.- Autorizar al señor Alcalde a dictar las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el artículo anterior, que sean necesarias para el efi ciente y e fi caz desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y las demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pucusana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General, la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza; y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Sistemas de la Municipalidad Distrital de Pucusana la publicación integral en el portal institucional www.munipucusana.gob.pe, así como en otros medios de difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADOS EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE PUCUSANA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2024 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, regular los mecanismos del procedimiento para la identi fi cación y participación de las organizaciones de la sociedad civil, en el desarrollo del Presupuesto Participativo Basados en Resultados para el año Fiscal 2024 del Distrito de Pucusana, en el marco de las disposiciones legales vigentes.