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47 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. De acuerdo al numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para el cumplimiento de lo previsto en la precitada disposición, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones señaladas precedentemente, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. A través del numeral 5 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 se autoriza a las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control a realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. El numeral 6 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, señala que el Pliego 022: Ministerio Público, a fi n de garantizar la oportunidad de la incorporación de dichos recursos en dicha Unidad Ejecutora, incorpora los recursos transferidos en el marco de lo señalado en la precitada disposición, a la sola solicitud de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en la categoría de gasto corriente de la fuente de fi nanciamiento de donaciones y transferencias. Conforme al artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 109-2023-MINCETUR, se aprueba una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 244 195,50 (DOSCIENTOS CUARENTA y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA y CINCO CON 50/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para la implementación y operación de dicha Unidad Ejecutora, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Mediante el memorando Nº 000118-2023-MP-FN-GG- OGFIN de fecha 12 de abril de 2023, la O fi cina General de Finanzas comunica que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en mérito de la Resolución Ministerial Nº 109-2023-MINCETUR ha realizado la Transferencia Nº 00002 por el monto de S/ 191 552,00 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/100 SOLES) y la Transferencia Nº 00003 por el monto de S/ 52 643,50 (CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 50/100 SOLES) con fecha 11 de abril de 2023, los cuales suman el monto total de S/ 244 195,50 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 50/100 SOLES), remitiendo adjunto al precitado memorando, el reporte de operaciones en línea correspondiente, señalando que, a fi n de cumplirse con el objetivo de dicha transferencia fi nanciera, solicita su incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. El artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 109-2023-MINCETUR, dispone que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la citada resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. El numeral 18.2 del artículo 18. Transferencias Financieras, de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01 señala que los Pliegos que reciben las Transferencias Financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas y en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de fi nanciamiento distinta. El numeral 35.1. del artículo 35 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01 señala que, dado el carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en número enteros. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice la referida la Incorporación de mayores Ingresos Públicos en el presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y la O fi cina de Presupuesto. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobado por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero. - Autorizar la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 244 195,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: (EN SOLES) INGRESOSFuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias 1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1.4. 2 3 De Otras Unidades de Gobierno 1.4. 2 3. 1 1 Del Gobierno Nacional 244 195,00 -------------- TOTAL INGRESOS 244 195,00 ========= EGRESOSSección Primera : Gobierno Central Pliego : 022 Ministerio Público Unidad Ejecutora : 002 Gerencia General Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto/ Proyecto : 3 999999 Sin Producto Actividad : 5 001045 Procesos de las Fiscalías SupremasFuente de Financiamiento : 4. Donaciones y Transferencias Categoría de Gasto Gastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios 244 195,00 ------------- TOTAL EGRESOS 244 195,00 ========= Artículo Segundo.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del