TEXTO PAGINA: 50
50 NORMAS LEGALES Martes 25 de abril de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Amplían el horario ordinario de funcionamiento de los establecimientos comerciales autorizados en el distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 486-2023/MDCH Chaclacayo, 20 de abril de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Chaclacayo, en la Sesión Ordinaria de Consejo Nº 007 de la fecha, VISTOS: El Informe N° 017-017-2023-GDE/MDCH de fecha 18 de abril de 2023; el Informe Legal N° 69-2023-GAJ/MDCH de fecha 19 de abril de 2023; el Informe N° 075-2023-GM/MDCH de fecha 19 de abril de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se establece medidas tributarias, simpli fi cación con procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; y, a través de la Ordenanza N° 289-MDCH, se aprobó la adecuación y regulación del procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados al Distrito de Chaclacayo, acorde con la Ley N° 28976, Ley marco de licencia de funcionamiento; Que, por aniversario del distrito, resulta necesario ampliar el horario ordinario de funcionamiento de los establecimientos comerciales autorizados en el distrito de Chaclacayo, con la fi nalidad tomar acciones y medidas que permitan apalear la decreciente de los ingresos económicos de los diversos comercios que alberga nuestro pujante distrito; Estando a lo señalado; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el consejo municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AUTORIZADOS EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- AMPLIAR el horario ordinario de funcionamiento de los establecimientos comerciales autorizados en el distrito de Chaclacayo, de 07:00 a 01:00 a.m. horas, durante la semana de aniversario del 21 al 30 de abril de 2023. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Desarrollo Económico, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS Alcalde 2171931-1Establecen incentivos tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes de la jurisdicción de Chaclacayo para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, por motivo de la conmemoración a la creación del distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 487-2023/MDCH Chaclacayo, 20 de abril de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en la Sesión Ordinaria de Consejo Nº 007 de la fecha, VISTOS: El Informe Conjunto N° 005-2023-SGREC- SGFT-GAT-MDCH de fecha 05 de abril de 2023; el Informe N° 019-2023-GAT-MDCH de fecha 05 de abril de 2023; el Informe Legal N° 60-2023-GAJ/MDCH de fecha 10 de abril de 2023; el Informe N° 065-2023-GM/MDCH de fecha 12 de abril de 2023; y, CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 195, numeral 4, de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; atribución que se ejerce a través de ordenanzas municipales, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus normas modi fi catorias; Que, el artículo 84, numerales 2.4 y 2.5 de la Ley Nº 27972, las municipalidades distritales ejercen funciones de organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo; así como también, contribuir al diseño de políticas de desarrollo social y apoyo a la población en situación de riesgo; Que, mediante Ley N° 9080, fue creado el Distrito de Chaclacayo, siendo considerado un distrito político ecoturístico; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2023- PCM, que declara el Estado de Emergencia en varios distritos algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima (Chaclacayo), Piura y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales; Que, el distrito de Chaclacayo ha sido uno de los distritos más afectados por las precipitaciones pluviales, que generó perjuicios económicos a nuestros contribuyentes; Que, mediante Informe Nº 019-2023-GAT/MDCH la Gerencia de Administración Tributaria hace llegar la propuesta sobre los bene fi cios tributarios y no tributarios por la conmemoración a la creación del distrito de Chaclacayo y de manera excepcional en situación de emergencia por las precipitaciones pluviales, el mismo que, cuenta con opinión legal favorable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS POR LA CONMEMORACIÓN A LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Y DE MANERA EXCEPCIONAL EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA POR LAS PRECIPITACIONES PLUVIALES Artículo 1º.- OBJETO Establecer incentivos tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes de la jurisdicción de