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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (25/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Martes 25 de abril de 2023 El Peruano / Chaclacayo para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, por motivo de la conmemoración a la creación del distrito de Chaclacayo; asimismo, debido a que el distrito de Chaclacayo ha sido uno de los más afectados y declarado en situación de emergencia por las precipitaciones pluviales. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Podrán acogerse a los bene fi cios otorgados por la presente Ordenanza, los contribuyentes de la jurisdicción de Chaclacayo que mantengan deudas tributarias y no tributarias pendientes de pago en la Vía Ordinaria y/o Vía Coactiva del año 2022 y años anteriores. Artículo 3º.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes que cumplan con el pago total anual correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2023, podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos: 3.1 Por motivo de la Conmemoración a la Creación del Distrito de Chaclacayo, los contribuyentes podrán optar por acogerse a los incentivos siguientes: A) DEUDAS TRIBUTARIAS CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INTERESES MORATORIOS IMPUESTO PREDIALDeudas de años anteriores100% A.1 TRIBUTOS MUNICIPALES CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INSOLUTOINTERESES MORATORIOS ARBITRIOS MUNICIPALES2022-2021 15% 100% 2020 al 2016 40% 100% 2015 y años anteriores80% 100% A2. MULTAS TRIBUTARIAS CONCEPTODESCUENTOS PERSONA NATURALPERSONA JURÍDICAINTERESES MORATORIOS MULTAS TRIBUTARIASPor omisión a la presentación de la declaración jurada85% 70% 100% Por omisión o Subvaluación equivalente al 50% del Valor Omitido90% 70% 100% Cabe precisar que, se aplicará el descuento establecido a las multas tributarias siempre y cuando cumplan con cancelar los tributos que dieron origen a dicha sanción y/o cancelen la deuda liquidada en su totalidad. B) DEUDAS NO TRIBUTARIAS B1. AGUA CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INTERESES MORATORIOS AGUADeudas de años anteriores100% B2. COSTAS Y GASTOS PROCESALES: La condonación del 100% de las costas y gastos procesales producto de la cobranza coactiva, siempre y cuando se cancelen los tributos asociados al expediente coactivo que generó dichos gastos y costas. Los tributos asociados al (los) expediente(s) coactivo(s) también gozarán de los bene fi cios descritos en el numeral 3.1. 3.2. Excepcionalmente, por única vez debido a la situación de emergencia por las precipitaciones pluviales, se aplicará a las personas naturales que cumplan con el pago total anual correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2023, los siguientes descuentos: CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INTERESES MORATORIOS IMPUESTO PREDIAL 2023 100% CONCEPTO PERIODOSDESCUENTOS INSOLUTOINTERESES MORATORIOS ARBITRIOS MUNICIPALES2023 20% 100% Artículo 4°.- DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS El pago de cualquier deuda en aplicación de la presente ordenanza originaria el desistimiento automático de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto ante la Administración Tributaria. Artículo 5°.- DESISTIMIENTO En los casos en que los contribuyentes se hayan acogido a la presente ordenanza y cuenten con recursos impugnables y/o procesos judiciales, presentados ante instancias superiores u otras instancias jurisdiccionales, deberán necesariamente presentar el desistimiento del mismo, sin perjuicio de esta presentación, será de aplicación lo señalado en el párrafo anterior. Artículo 6º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la administración considera que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y periodo. Artículo 7º.- PAGOS ANTERIORES Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente, no dan derecho a devolución o compensación alguna. Artículo 8º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y hasta el 31 de mayo de 2023. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a través de sus Subgerencias el cumplimiento de la presente ordenanza, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación en el portal institucional. Tercera.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva en coordinación con la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Tecnología de la Información, a la depuración en la cuenta corriente de los saldos por cobrar de incidencia contable de registros virtuales en estado coactivo por inconsistencia cuando carezcan de número de expediente coactivo, número de valor de cobranza, año, u otros, que impidan la ejecución del procedimiento coactivo y sean vicios de nulidad e inviable la subsanación formal. Cuarta.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria en coordinación con la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y