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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (25/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 25 de abril de 2023 El Peruano / por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2023; Que, por Resolución Presidencial N° 315-2022-SERNANP de fecha 27 de diciembre de 2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el Año Fiscal 2023; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y su modi fi catoria realizada con la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establecen que, “La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República.”; Que, asimismo el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, establece que: “Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental.”; Que, en ese sentido, el numeral 1 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza “al pliego 022 Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico (…)’’ ; añadiendo además en el numeral 2, que para su implementación y operación se le destinará el 1% respecto del porcentaje que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, precisando que las mencionadas transferencias serán aprobadas por resolución del titular del pliego, debiéndose asimismo ser publicadas en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Resolución Presidencial N° 089-2023-SERNANP de fecha 13 de marzo de 2023, se autoriza la transferencia a cargo de la Institución, a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República para el Año Fiscal 2023, por la suma de S/ 20 516,50 (Veinte Mil Quinientos Dieciséis con 50/100 soles), que corresponde al 1% del saldo de inversión por ejecutar, para el despliegue de los servicios de control gubernamental del Proyecto con CUI N° 2251102: ‘’Mejoramiento del servicio de belleza escénica y paisajística de las Áreas Naturales Protegidas del Parque Nacional Cerros de Amotape, Santuario Nacional los Manglares de Tumbes, Santuario Histórico Bosque de Pómac y Refugio de Vida Silvestre Laquipampa las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes y la provincia de Ferreñafe del departamento de Lambayeque’’ ; que corresponde al 1% en cumplimiento de la normativa antes señalada, quedando pendiente la transferencia del otro 1% a favor de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público en cumplimiento del el numeral 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638;Que, mediante O fi cio N° 1160-2023-ANC-MP-J de fecha 30 de marzo de 2023, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público solicita que se realice la transferencia fi nanciera a favor de dicha dependencia, hasta por el monto de S/ 20 516,50 correspondiente al 1% del saldo de inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente, conforme se señala en el anexo adjunto al precitado o fi cio, en el marco de las disposiciones contenidas en el numeral 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638; Que, el literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, “Directiva de Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral N° 022-2021-EF/50.01, indica que: “ Cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital. Además indica que, excepcionalmente, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, adicionalmente a lo señalado en el párrafo precedente del presente literal y solo para los siguientes casos, el registro debe realizarse conforme a lo siguiente: ii) Cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL ”; Que, en ese sentido, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, con Memorándum N° 909-2023-SERNANP-OPP del 05 de abril de 2023, solicitó a la O fi cina de Administración, la información respecto a los saldos disponibles al 2023 con la fi nalidad de realizar la transferencia fi nanciera relacionadas con las acciones de control concurrente del Proyecto de Inversión ‘ ’Mejoramiento del servicio de belleza escénica y paisajística de las Áreas Naturales Protegidas del Parque Nacional Cerros de Amotape, Santuario Nacional los Manglares de Tumbes, Santuario Histórico Bosque de Pómac y Refugio de Vida Silvestre Laquipampa las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes y la provincia de Ferreñafe del departamento de Lambayeque’ ’ con código único 2251102, en atención a los dispositivos correspondientes; Que, posteriormente, la O fi cina de Administración, a través del Memorándum Nº 464-2023-C/SERNANP-OA del 14 de abril de 2023, solicitó la certi fi cación de crédito presupuestal por el importe de S/ 20 516,50 para efectivizar la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control toda vez que con Memorándum Nº 676-2023-SERNANP-OA y con Informe N° 042-2023-SERNANP-OA-JQY-UOFEI de la Unidad Operativa Funcional de Ejecución de Inversiones a su cargo han determinado el mencionado monto, en atención a ello, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emitió el Memorándum Nº 1001-2023-SERNANP-OPP de fecha 17 de abril de 2023 otorgando la certi fi cación presupuestal correspondiente; Que, mediante Informe N° 143-2023-SERNANP-OPP de fecha 20 de abril de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto concluye que es necesario realizar la transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el Año Fiscal 2023, del monto de S/ 20 516,50 (Veinte mil quinientos dieciséis con 50/100 soles), conforme al detalle establecido por dicha dependencia, destinado para el despliegue de los servicios de control gubernamental del Proyecto de Inversión: ‘ ’Mejoramiento del servicio de belleza escénica y paisajística de las Áreas Naturales Protegidas del Parque Nacional Cerros de Amotape, Santuario Nacional los Manglares de Tumbes, Santuario Histórico Bosque de Pómac y Refugio de Vida Silvestre Laquipampa las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes y la provincia de Ferreñafe del departamento de Lambayeque’ ’ con código único de inversiones N° 2251102; para lo cual a través del