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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 000088-2023-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el O fi cio 557 CCFFAA/OGA/ OAI/UOP/PER de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO:Que, las Naciones Unidas es una Organización Internacional fundada en el año 1945, tras la Segunda Guerra Mundial con el compromiso primordial de mantener la Paz y la Seguridad Internacional, fomentar entre las naciones relaciones de amistad, promover el progreso social de los pueblos, la mejora del nivel de vida y los derechos humanos entre otros propósitos; Que, a través del O fi cio Extra FAP N° 000088-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú hace de conocimiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas la propuesta de designación del Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, por el periodo de dos años; Que, mediante el O fi cio N° 557 CCFFAA/OGA/OAI/ UOP/PER, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite al Ministerio de Defensa el proyecto de Resolución Suprema que designa al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, quien estará a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 30 de abril de 2023 al 29 de abril de 2025; Que, conforme al artículo 17 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, modi fi cado por Decreto Supremo N° 001-2016- DE, se podrá designar, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a los funcionarios civiles que hayan desempeñado cargos en la Alta Dirección y al Personal Militar en Actividad o Retiro del Sector Defensa, para el desempeño de funciones en Representaciones Permanentes del Perú ante Organismos Internacionales; asimismo, de acuerdo al numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las resoluciones supremas son decisiones de carácter especí fi co rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencia correspondan; Estando a lo propuesto y, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes, identi fi cado con DNI N° 43455836, para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, quien estará a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 30 de abril de 2023 al 29 de abril de 2025. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa queda facultado a variar la fecha de inicio y término de la designación, sin incrementar el número de días establecido ni variar el objeto de la designación.Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2173735-2 Aprueban el Plan Estratégico Institucional PEI 2020 - 2026 ampliado del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00369-2023-DE Lima, 27 de abril del 2023VISTOS: El O fi cio N° 01347-2023-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; los O fi cios N° 01077 y N° 01061-2023-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00180-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 00633-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026- 2017-CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, la que establece que el Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua está compuesto por cuatro (4) fases, donde el seguimiento y la evaluación para la mejora continua, recoge y analiza información de los indicadores de fi nidos en los planes para veri fi car el avance hacia el logro de la imagen del territorio deseado, así como el uso de los recursos asignados con ese fi n; Que, por otro lado, el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7 de la citada Directiva, señala que las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los planes estratégicos multisectoriales - PEM; asimismo, en el numeral 7.3 del mencionado artículo se indica que los objetivos de los PESEM, los PEM, los planes de desarrollo concertado (PDRC y PDLC) y los planes institucionales de cada entidad del sector público (PEI y POI) se articulan con los objetivos de desarrollo nacional del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN y se orientan al logro de la Visión de País; Que, el sub numeral 4.2 “Comisión de Planeamiento Estratégico” del numeral 4 de la “Guía para el