TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, dispone que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad deberá conformar una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participen tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad, indicando que puede conformarse un Equipo Técnico integrado por representantes de los miembros de la Comisión; precisando que la Comisión es de carácter permanente; Que, el numeral 5.7 de la citada Guía, dispone que, para la validación y aprobación del PEI, el Pliego lo remite por correo electrónico al CEPLAN, el cual veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño de la propuesta de PEI; siendo que, contando con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 276-2020- DE/SG se aprobó el Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2025 del Ministerio de Defensa; Que, posteriormente, con O fi cio Múltiple N° D000001- 2023-CEPLAN-PCD, CEPLAN dispuso que los pliegos que cuenten con un Plan Estratégico Institucional – PEI con horizonte fi nal al 2025 deberán ampliar dicho plan al año 2026, de manera excepcional, por única vez y con la fi nalidad de dar cobertura al POI Multianual 2024-2026 que los pliegos deben aprobar en el ejercicio 2023; para lo cual, a través de la Resolución Ministerial N° 00345-2023-DE, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Defensa y su Equipo Técnico, que tiene entre sus funciones la validación del documento del PEI y POI, de acuerdo a lo previsto en la referida Guía para el Planeamiento Institucional; Que, en ese contexto, mediante O fi cio N° D000310- 2023-CEPLAN-DNCP, CEPLAN remitió el Informe Técnico N° D000109-2023-CEPLAN-DNCPPEI, concluyendo que se veri fi ca y valida el PEI para el período 2020- 2026, recomendando continuar con el trámite para su aprobación, ya que ha sido elaborado en aplicación a las orientaciones que establece la “Guía para el Planeamiento Institucional”; Que, con el O fi cio N° 01061-2023-MINDEF/VRD- DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, se remite el Informe N° 00180-2023-MINDEF/ VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, la cual mani fi esta que, contando con la conformidad de CEPLAN respecto al proyecto de PEI 2020-2026 ampliado del Ministerio de Defensa que ha sido elaborado manteniendo los objetivos estratégicos, acciones estratégicas e indicadores del PEI 2020–2025, aprobado por Resolución Ministerial N° 0276-2020-DE/SG, corresponde que sea puesto para la conformidad de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Defensa; Que, con el O fi cio N° 01077-2023-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto remite el Acta N° 1-2023/CPEMD de la Comisión de Planeamiento Estratégico del MINDEF, la cual contiene, entre otros, el acuerdo de aprobación del proyecto de Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2026 ampliado del MINDEF; Que, mediante Informe Legal N° 00633-2023-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que resulta legalmente viable aprobar, por medio de resolución ministerial, el PEI 2020-2026 ampliado, de conformidad con el marco normativo vigente; precisando que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, dicho instrumento de gestión tiene la clasi fi cación de Secreto por comprender información relacionada a la Seguridad y Defensa Nacional; por tanto, no es objeto de publicación;Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2026 ampliado del Ministerio de Defensa, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2026 ampliado del Ministerio de Defensa; así como, de su distribución a los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa, según corresponda. Artículo 3.- Establecer que el Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2026 ampliado del Ministerio de Defensa, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, tiene la clasi fi cación de “Secreto” de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2173530-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2024 - 2026 del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00370-2023-DE Lima, 27 de abril del 2023 VISTOS:El O fi cio N° 01376-2023-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el O fi cio N° 01068-2023-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00184-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 00634-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del