Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (13/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Domingo 13 de agosto de 2023 El Peruano / CONSIDERANDOS: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194°; modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, añadiendo que: “la autonomía que la Constitución Política establece radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción el ordenamiento jurídico”; Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, mediante Acuerdo de Concejo N° 000049-2022-MDC/C, de fecha 28 de diciembre del 2022 y mediante Resolución de Alcaldía N° 207-2022-MDC/A, de fecha 30 de diciembre del 2022, se aprobó y promulgó respectivamente el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, por el monto estimado de S/ 28´396,528.00 (Veintiocho Millones Trescientos Noventa y Seis Mil Quinientos Veintiocho con 00/100 Soles); Que, el Artículo 45° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los montos y las fi nalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público solo podrán ser modi fi cados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en el Subcapítulo III Modi fi caciones Presupuestarias del Capítulo II Ejecución Presupuestaria del Título IV Procesos Presupuestarios de la citada norma; Que, el Artículo 46° Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Institucional, en su numeral 46.1 del mencionado Decreto Legislativo, se precisa que: “Constituyen modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante ley. 1. Los Créditos Suplementarios, constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público”; Que, en el Artículo 50° Incorporación de Mayores Ingresos, numeral 50.1 del mencionado Decreto Legislativo, se establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, conforme a lo establecido en el presente artículo, y son aprobados mediante resolución del titular de la entidad cuando provienen de: (…) 3. Los saldos de balance, constituidos por recursos fi nancieros provenientes de fuente de fi nanciamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fi scal. Los saldos de balance son registrados fi nancieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la fi nalidad para los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido dicha fi nalidad, tales recursos se pueden incorporar para fi nanciar otras acciones de la entidad, siempre y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, asimismo el numeral 50.4 del Artículo 50° del mencionado Decreto Legislativo establece que, las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los gobiernos regionales y gobiernos locales, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso; Que, mediante Resolución Directoral N° 0023- 2022-EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, los Modelos, las Fichas y los Lineamientos; asimismo, se aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2023 y los Clasi fi cadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2023, disponiéndose en su Artículo 21°, numeral 21.3 que, las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 50.1 del Artículo 50° del Decreto Legislativo Nº 1440, se sujetan a los límites máximos de incorporación determinados por el MEF que se establecen por Decreto Supremo, según corresponda, en consistencia con las metas y reglas fi scales, y proceden cuando provienen de: (…) iii. Los saldos de balance en fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, los cuales se determinan al establecer la diferencia entre los ingresos recaudados en un año fi scal (que incluye el Saldo de Balance del año fi scal previo) y los gastos devengados al 31 de diciembre en el mismo período. Asimismo, se dispone en el Artículo 28°, numeral 28.1, literal b) que: La incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de recursos por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del Artículo 50° y Artículo 70° del Decreto Legislativo N° 1440, y es promulgado por el Titular del Pliego a través de Resolución de Alcaldía, utilizando el Modelo N° 2/GL; Que, mediante Memorando N° 114-2023-GAF/MDC, la Gerencia de Administración y Finanzas formaliza la desagregación del Saldo de Balance Preliminar del Año Fiscal 2022, el cual fue remitido por la Subgerencia de Contabilidad mediante el Informe N° 036-2023-MDC/GAF-SGC, correspondiéndole al Rubro 19. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito el monto de S/ 66,195.95 (Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Cinco con 95/100 Soles) de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; Que, con Memorándum N° 173-2023-GAF/MDC, la Gerencia de Administración y Finanzas formaliza la desagregación del Saldo de Balance De fi nitivo del Año Fiscal 2022, el cual fue remitido por la Subgerencia de Contabilidad mediante el Informe N° 59-2023-MDC/GAF-SGC, manteniéndose lo informado de acuerdo al monto indicado en el considerando anterior, respecto al Rubro 19. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; Que, mediante Memorando N° 889-2023-MDC/ GPP, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto en el marco de sus funciones y competencias, luego del análisis correspondiente de la información remitida por la Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Contabilidad; solicita y recomienda la autorización y/o aprobación de la propuesta de incorporación mediante Acuerdo de Concejo del Saldo de Balance Preliminar y Defi nitivo del Año Fiscal 2022 en el Rubro 19. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 66,196.00 (Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Seis con 00/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito en el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a Nivel Institucional, Vía Crédito Suplementario, a efectos de otorgar crédito presupuestario a compromisos asumidos por la entidad, de acuerdo al marco normativo vigente y los saldos existentes para gastos de capital en lo que corresponda; Que, con Informe Legal N° 192-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación de la propuesta de incorporación mediante Acuerdo de Concejo del Saldo de Balance Preliminar y De fi nitivo del Año Fiscal 2022 en el Rubro 19. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito de la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito en el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) 2023 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla por encontrarse debidamente sustentado en el marco de los establecido en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023 y la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la