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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (13/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Domingo 13 de agosto de 2023 El Peruano / Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 6.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y comuníquese.JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO Alcalde 2204600-1 Ordenanza Municipal que conforma el Comité Distrital de Salud de Ventanilla, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud ORDENANZA MUNICIPAL N° 016-2023/MDV Ventanilla, 10 de agosto de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal presencial y virtual de fecha 10 de agosto de 2023, el Ofi cio Nº D000751-2023-SECCOR-CNS-MINSA del Director Ejecutivo de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud, el Memorando Nº 1056-2023/MDV-SG de la Secretaría General, el Memorando Nº 138-2023/MDV-GGSSM de la Gerencia General del Órgano Desconcentrado del Sistema de Salud Municipal de Ventanilla, el Informe Legal Nº 285-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Proveídos Nº 4106-2023 y Nº 4498-2023 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 001-2023-MDV-CS, la Comisión de Salud, respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Ventanilla, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Salud, así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONFORMA EL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE VENTANILLA, INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. Articulo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que conforma el Comité Distrital de Salud de Ventanilla, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, la misma que consta de 3 artículos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° del D.S. N° 001-2009-JUS. Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y comuníquese.JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO Alcalde 2204604-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti ficación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti ficada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti ficarse. 4. La solicitud de publicación de la Fe de Erratas se efectúa a través del Portal de Gestión y Atención al Cliente PGA , adjuntando los archivos en Word y PDF (visado) de la Fe de Erratas y el o ficio de la autoridad acreditada con el requerimiento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES