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39 NORMAS LEGALES Domingo 13 de agosto de 2023 El Peruano / Que, con Memorandum Nº 205-2023-MDS-GDU de fecha 28 de junio de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano opina por la viabilidad de precisar la denominación de la zona de Riesgo Muy Alto antes sismos, en el sentido que corresponde a las Manzanas A, B, C y D de la Urbanización Residencial Limatambo o Cooperativa de Vivienda Victoria Ltda. o conjunto Habitacional Residencial Limatambo, o Residencial Limatambo o Urbanización Limatambo; Que, mediante Informe Nº 271-2023-MDS-OGAJ de fecha 25 de julio de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta viable precisar la denominación en la zona de Riesgo Muy Alto ante sismos, prevista en los Decretos de Alcaldía Nº 3-2023-MDS y 5-2023-MDS al presentar distintas denominaciones; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y los artículos 39 y 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- Precisar que la zona que presenta un Riesgo Muy Alto ante sismos prevista en los Decretos de Alcaldía Nº 3-2023-MDS y 5-2023-MDS se encuentra ubicada en las Manzanas A, B, C y D de la Urbanización Residencial Limatambo o Cooperativa de Vivienda Victoria Ltda. o Conjunto Habitacional Residencial Limatambo o Residencial Limatambo o Urbanización Limatambo, ubicadas en el distrito de Surquillo, con acceso por la Calle Los Quetzales, Av. Gral. Recavarren, Calle Las Cuculíes y Prolongación Los Faisanes. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico, O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, Subgerencia de Participación Vecinal y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Secretaria del Concejo la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina General de Gobierno Electrónico y Digital la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ Alcaldesa 2203099-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza que aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao ORDENANZA MUNICIPAL N° 015-2023/MDV Ventanilla, 10 de agosto de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal presencial y virtual de fecha 10 de agosto de 2023, el Acta de Compromiso de constitución de la “Mancomunidad Municipal – Callao”, el O fi cio Nº 187-2023-MPC/ALC de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial del Callao, el Memorando Nº 1853-2023/MDV-GPLP de la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 203-2023/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, el Informe Legal Nº 277-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el O fi cio Nº 148-2023/MDV-GM, los Proveídos Nº 3599 y Nº 4431-2023 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 006-2023-MDV-CAL-CAF de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR MAYORÍA, emitió la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR la constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao, en atención al Acta de Compromiso de Constitución de fecha 13 de marzo de 2023, suscrita por los Alcaldes de la Municipalidad Provincial del Callao, Municipalidad Distrital de Bellavista, Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Municipalidad Distrital de La Perla, Municipalidad Distrital de la Punta, Municipalidad Distrital de Ventanilla y Municipalidad Distrital de Mi Perú. La Mancomunidad Municipal del Callao, tiene por objeto: 1. Promover la seguridad ciudadana de calidad 2. Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial, peatonal y ordenamiento urbano 3. Manejo integral de residuos sólidos4. Promover el cuidado del medio ambiente5. Saneamiento básico6. Fomento de inversión privada y la competitividad productiva Artículo 2.- DELEGAR a la Mancomunidad Municipal del Callao, para el desarrollo de acciones conjuntas, cuando así se requiera, las siguientes competencias y funciones: 2.1 Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración, ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito. 2.2 Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito. 2.3 Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846. 2.4 Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1903-2012-EF. 2.5 Coadyuvar con el servicio de limpieza pública, recomendando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Artículo 3.- RATIFICAR la designación del señor PEDRO CARMELO SPADARO PHILIPPS, Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal del Callao al señor GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ. Artículo 4.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente