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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (19/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 19 de agosto de 2023 El Peruano / concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N°002-2004-DE-SG; Que, conforme al Certi fi cado de Crédito Presupuestario N°000000002, emitido por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término del mismo, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del O fi cio N° 02030-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 449-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01303-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar propuesto, para que participe en el “Curso de Empleo de Grandes Fuerzas (LFE) y el Comandante de Misión (MC)”, a realizarse en la Brigada Aérea II, ubicada en la ciudad de Durazno, República Oriental de Uruguay, del 11 al 22 de setiembre de 2023, autorizando su salida el 10 y su retorno, el 23 de setiembre de 2023, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Curso Empleo de Grandes Fuerzas (LFE) y Comandante de Misión (MC), a realizarse en la Brigada Aérea II, ubicada en la ciudad de Durazno, República Oriental del Uruguay, del 11 al 22 de setiembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 10 de setiembre y su retorno el 23 de setiembre de 2023. Mayor FAP RENZO JONATHAN GAVIDIA BARBACHAN Titular NSA: O-9733304 DNI Nº 43757152 Capitán FAP JOSÉ EDUARDO DÍAZ TENORIO Titular NSA: O-9764507 DNI Nº 46265419 Mayor FAP WILLY KEVIN CALDERÓN BOTTGER Suplente NSA: O-9751206 DNI Nº 70465350 Capitán FAP RENATO TREMOLADA VELARD Suplente NSA: O-9771208 DNI Nº 70454715 Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente concepto: Pasajes Aéreos: Lima – Montevideo (República Oriental del Uruguay) - Lima: US $ 1,478.56 x 2 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,957.12 ---------------------- Total a Pagar = US $ 2,957.12 Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Fuerza Aérea de la República Oriental de Uruguay. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de los días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2206624-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0254-2023-MIDAGRI Lima, 18 de agosto del 2023VISTOS:La Nota Interna N° 0360-2023-MIDAGRI-SG de fecha 18 de agosto de 2023, de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Memorando N° 0916-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, que adjunta el Informe N° 0295-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la O fi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, el Informe N° 1425-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0087-2023-MIDAGRI, se designó temporalmente al señor Mirco Henrry Miranda Sotil, Director General de la Dirección General de Gestión Territorial del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular; siendo necesario dar por concluida la referida designación temporal y, designar al profesional que lo desempeñará; Con las visaciones del Secretario General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos