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16 NORMAS LEGALES Sábado 19 de agosto de 2023 El Peruano / tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, en atención al documento señalado en el considerando precedente, se solicita la autorización de viaje al exterior del químico farmacéutico Juan José Villegas Campos y de la químico farmacéutico Jessica Gricelda Zaravia Garcia, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a fi n que realicen la inspección al citado laboratorio del 21 al 25 de agosto de 2023; Que, según lo señalado en la Nota Informativa N° D000447-2023-OGA-OT-MINSA y en la Nota Informativa N° D000456-2023-OGA-OT-MINSA, la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración ha verifi cado los depósitos efectuados por la empresa UNIMED DEL PERU S.A., conforme al Recibo de Ingreso N° 5995-2022 de fecha 22 de agosto de 2022, al Recibo de Ingreso N° 7416-2022 de fecha 4 de octubre de 2022 y al Recibo de Ingreso N° 1311-2023 de fecha 15 de agosto de 2023, con los cuales se cubre íntegramente los costos del viaje de la inspección solicitada por la empresa en mención, incluyendo el pago de los pasajes y viáticos; Que, con Memorándum N° D001939-2023-OGA- MINSA la O fi cina General de Administración informa que los gastos que irroga el viaje al exterior de los indicados profesionales por concepto de pasajes y viáticos, incluido los gastos de instalación, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nota N° 0000008224 y Nota N° 0000008219, respectivamente; Que, mediante Memorándum N° D002479-2023- OGGRH-MINSA la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N° D000163-2023-OGGRH-ODRH-EGC-MINSA, a través del cual comunica la condición laboral de los profesionales antes citados; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, artículo 2 del citado Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM señala que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución y debe indicar expresamente el motivo y el número de días de duración del viaje, así como el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, asimismo, el artículo 4 del indicado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM precisa que las Resoluciones de autorización de viaje deben publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, a través de la Nota Informativa N° D001138-2023-OGAJ-MINSA, señala que resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior de los indicados profesionales; por lo que, precisa que es legalmente viable que el señor Ministro de Salud suscriba el presente acto resolutivo; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Administración, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y,De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modi fi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, y la Directiva Administrativa para la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 798-2016/MINSA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del químico farmacéutico Juan José Villegas Campos y de la químico farmacéutico Jessica Gricelda Zaravia Garcia, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a las ciudades de Bogotá y Barranquilla, República de Colombia, del 20 al 26 de agosto de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 903.09 incluido TUUA) : US$ 1,806.18 - Viáticos por 06 días para 2 personas (c/persona US$ 1,800.00 incluidos gastos de instalación) : US$ 3,600.00 ------------------- TOTAL : US$ 5,406.18 Artículo 3.- Disponer que los citados comisionados, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2206975-1 Aprueban la NTS N° 207-MINSA/ DGIESP-2023, Norma Técnica de Salud para el Cuidado Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 789-2023/MINSA Lima, 18 de agosto del 2023 Visto, el Expediente N° SG000020220000399, que contiene los Memorandos N° 698-2021-DGIESP/MINSA, N° 777-2021-DGIESP/MINSA y N° D002059-2023-DGIESP-MINSA, los Informes N° 073-2020-DVICI-DGIESP/MINSA, N° 013-2020-EVAM-DVICI-DGIESP/MINSA, N° 040-2021-EVAM-DVICI-DGIESP/MINSA, N° 048-2021-EVAM-DVICI-DGIESP/MINSA, N° 027-2022-EVAM-DVICI-DGIESP/MINSA y N° D000089-2023-DGIESP-DVICI-MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, y el Informe