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13 NORMAS LEGALES Sábado 19 de agosto de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Personas Total Pasajes aéreos US$ 269,00 2 538,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2206596-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0263-2023-JUS Lima, 18 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, se hace necesario designar al profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Tiberio Cayo Robles Yanoc en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2207007-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el “Plan de Intervención del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante el Fenómeno El Niño – FEN” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2023-MIMP Lima, 17 de agosto de 2023VISTOS, los Informes Técnicos Nº D000001-2023- MIMP-ODN y Nº D000002-2023-MIMP-ODN de la O fi cina de Defensa Nacional, los Informes Nº D000146-2023-MIMP-OP y Nº D000161-2023-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, los Informes Nº D000290-2023-MIMP-PRE y Nº D000324-2023-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto, el Informe Nº D000163-2023-MIMP-OMI y la Nota Nº D000213-2023-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, los Memorandos Nº D000947-2023-MIMP-OGPP y Nº D001014-2023-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP y los Informes Nº D000687-2023-MIMP-OGAJ y Nº D000744-2023-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 2 y 3 del Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, señalan que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables; en ese marco, diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables, consideradas como grupo de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos/as, con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial; Que, mediante la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres. Asimismo, esta Ley es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general; Que, el artículo 39 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan -entre otros- los planes especí fi cos por procesos de la gestión del riesgo de desastres en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del riesgo de Desastres; Que, asimismo, el artículo 46 del citado Reglamento considera al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como una de las entidades de primera respuesta, las cuales son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias o desastres, que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas, en coordinación con la autoridad