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14 NORMAS LEGALES Martes 22 de agosto de 2023 El Peruano / y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 82 del ROF del Ministerio de Cultura, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que “Personalidad Meritoria de la Cultura” es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante el Informe N° 000292-2023-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en el Informe Nº 000249-2023-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, que a su vez traslada el Informe Nº 000069-2023-DPI-PMP/MC recomienda otorgar el reconocimiento de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Luciano Belito Lucas, seudónimo “CCOLLCCE SILLO”, por su destacada trayectoria como arpista de la danza de tijeras de la región Huancavelica y por su aporte en la transmisión y revaloración de dichos saberes mediante la conformación de agrupación de danzantes y su contribución al establecimiento de organizaciones representativas y comprometidas con la salvaguardia de la mencionada manifestación cultural; Que, mediante el Informe N° 000384-2023-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 017957-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la persona propuesta por su destacada trayectoria como arpista de la danza de tijeras de la región Huancavelica; su aporte en la transmisión y revaloración de dichos saberes mediante la conformación de agrupaciones de danzantes y su contribución al establecimiento de organizaciones representativas y comprometidas con la salvaguardia de la danza de tijeras; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Luciano Belito Lucas, seudónimo “CCOLLCCE SILLO”; advirtiéndose que los informes emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor LUCIANO BELITO LUCAS, seudónimo “CCOLLCCE SILLO” en reconocimiento por su destacada trayectoria como arpista de la danza de tijeras de la región Huancavelica; su aporte en la transmisión y revaloración de dichos saberes mediante la conformación de agrupaciones de danzantes y su contribución al establecimiento de organizaciones representativas y comprometidas con la salvaguardia de la danza de tijeras. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. La presente resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2207186-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00811-2023-DE Lima, 17 de agosto del 2023 VISTOS:El O fi cio Nº 5052/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02112-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01328-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con el documento 3000 N5/7, adjunto al O fi cio Nº 0212/MAAG/NAVSEC del Jefe de la Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, se hace de conocimiento a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú las fechas de las Conferencias de Planeamiento del Ejercicio DAWN BLITZ 2023, precisando que la Conferencia Final de Planeamiento (FPC, por su siglas en inglés), se realizará en la Base del Cuerpo de Marines Camp Pendleton, Estados Unidos de América, del 25 al 29 de setiembre de 2023; Que, con O fi cio Nº 4880/42, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica, al Jefe de Sección Naval del Grupo Consultivo