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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (22/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Martes 22 de agosto de 2023 El Peruano / administrativa, que se oponga a dicha decisión, asimismo: 1) Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia, dentro del ámbito de su competencia y en el plazo de cinco días calendario, designen a un Juzgado de Familia, Civil o Mixto a cargo de un juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de la Corte Superior, para que en adición a sus funciones tramite los procesos de Sustracción Internacional de Menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; 2) Disponer que las comisiones, programas y equipos técnicos especializados, realicen capacitaciones a jueces y juezas que tienen a su cargo los procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, priorizando temas como la diferencia con los procesos de tenencia y custodia; así como la ejecución de medidas cautelares y ejecución anticipada de sentencias; 3) Disponer que los jueces y juezas que tramitan procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, señalen la fecha y hora de la vista de la causa en la resolución que remite los autos al Ministerio Público para el dictamen fi scal; consideraciones por las cuales, corresponde a esta Presidencia de Corte dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 000486-2023-P- CSJLI-PJ, y emitir un nuevo acto administrativo, conforme los lineamientos establecidos por el máximo órgano de gobierno de este poder del estado. Quinto. Que, en este orden de ideas, es menester señalar que, mediante Resolución Administrativa N° 000516-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 16 de agosto del 2023, se resolvió reasignar a las magistradas Rosa Elvira Pérez Campos y Pilar Mercedes Crisóstomo Arango de Ucañan, como Jueza Supernumeraria del Cuarto Juzgado de Familia de Lima, y Jueza Provisional del Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima a partir del 17 de agosto del año en curso, por lo que, atendiendo lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con dicha reconformación de órganos jurisdiccionales, a la fecha el Cuarto de Familia de Lima, no cuenta con un/a Juez/a Titular o Provisional que cumpla con tramitar los procesos de Sustracción Internacional de Menores, por lo que, en mérito a la recomendación efectuada por la Jueza de Enlace del Convenio de la Haya, y de conformidad con los lineamientos previstos en la Resolución Administrativa N° 000340- 2023-CE-PJ, corresponde a este Despacho, designar a partir del 19 de agosto del 2023, al Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, como órgano jurisdiccional encargado del trámite de los procesos de Sustracción Internacional de Menores, toda vez que el mismo se encuentra a cargo de una Jueza Provisional. Sexto. Que, en uso de las facultades conferidas y previstas en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, para que en adición a sus funciones jurisdiccionales, cumpla con tramitar los procesos de Sustracción Internacional de Menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; órgano jurisdiccional que tramitará dichos procesos a partir del 19 de agosto del 2023. Artículo Segundo.- DISPONER que el Cuarto Juzgado de Familia, cumpla con culminar con la totalidad de la carga procesal que se encuentre pendiente (trámite, ejecución, archivo), en relación a los procesos judiciales de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores, ingresados desde el 09 al 18 de agosto del 2023; observándose los plazos legales inherentes a la materia y en salvaguarda del interés superior del Niño, Niña y Adolescente. Artículo Tercero.- DISPONER que las Juezas del Cuarto y Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, que tramitan los procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, señalen la fecha y hora de la vista de la causa en la resolución que remite los autos al Ministerio Público para el dictamen fi scal; bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que las comisiones, programas y equipos técnicos especializados, realicen capacitaciones a las Juezas del Cuarto y Décimo Sexto Juzgado de Familia, que tienen a su cargo los procesos judiciales de Sustracción Internacional de Menores, priorizando temas como la diferencia con los procesos de tenencia y custodia; así como la ejecución de medidas cautelares y ejecución anticipada de sentencias. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, efectué las acciones administrativas referentes a la supervisión del avance y culminación de los expedientes que versan sobre la sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores que se encuentran en trámite y/o ejecución ante el Cuarto Juzgado de Familia de Lima, debiendo de dar cuenta e informar de forma mensual a la magistrada Nancy Coronel Aquino en su condición de Jueza Superior Titular y Representante de la Red de Jueces de la Haya de la República del Perú. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Salas y Juzgados de Familia, Órgano de Imagen Institucional, Unidad de Servicios Judiciales y Coordinación del Centro de Distribución General. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2207152-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diplomas de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Eléctrica y de Título Profesional de Ingeniero Electricista de la Universidad Nacional de Ingeniería (Se publica la presente resolución a solicitud de la Universidad Nacional de Ingeniería, mediante O fi cio N° 0300-2023-SG-UNI, recibido el 21 de agosto de 2023) UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0249 Lima, 3 de marzo de 2017Visto el Expediente STDUNI: Nº 2017-1351 presentado por el señor WALTER JULIAN VELÁSQUEZ VERGARA, quien solicita duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, el señor WALTER JULIAN VELÁSQUEZ VERGARA identi fi cado con DNI Nº 25849677, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional, por pérdida del diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cada por Resolución Rectoral Nº 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 524-UNI/SG/GT de fecha