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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (22/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 22 de agosto de 2023 El Peruano / General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01901-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01326-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio # 0428/MAAG/AFSEC-ENT y el Ofi cio # 0065/MAAG/AFSEC-ENT, la Jefatura del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América informa, a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, la disponibilidad de cursos de capacitación a llevarse a cabo durante el año 2023, en las diferentes escuelas militares de los Estados Unidos de América, entre los cuales se encuentra 1 vacante para el curso de Técnicas de Respuesta Conjunta a Desastres, a llevarse a cabo en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica Occidental (WHINSEC), ubicada en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, el cual se desarrollará del 24 de agosto al 12 de octubre de 2023, precisando que los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costos del curso, alojamiento, viáticos para alimentación, seguro médico y T.U.U.A., con excepción de transporte local para los participantes, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América; asimismo, mediante correo electrónico del 26 de julio de 2023, comunica la ampliación de dos (2) vacantes adicionales al citado curso; Que, mediante Informe Legal COAL N° 073-2023, el Asesor Jurídico del Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú opina favorable para la aprobación del viaje al exterior del personal militar FAP que participará en el curso de Técnicas de Respuesta Conjunta a Desastres, a realizarse en el lugar y fechas programadas; Que, a través del O fi cio FAP N° 001180-2023-COMOP/ FAP, la Comandancia de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada, la documentación del personal propuesto para la citada misión de estudios: Subo fi cial de Primera FAP Clito Gadión PILLCO CCAMA; Subo fi cial de Primera FAP Eckner Gustavo RIMARI HUAMANÍ y Subo fi cial de Segunda FAP Lucio Daniel BARBOZA ORTIZ; Que, la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio FAP N° 001180-2023-COMOP/FAP, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la misión de estudios del citado personal militar FAP, por cuanto, permitirá adquirir capacidades para afrontar los riesgos de desastres producidos por la naturaleza o por acción del hombre, fortalecer los conocimientos doctrinarios adquiridos y promover la cooperación multinacional y regional; asimismo, permitirá adquirir conocimientos para la estandarización de los procedimientos de las CIRD`s e incrementará la presencia de la FAP en escuelas de formación a nivel internacional en técnicas de respuesta conjunta ante desastres para capacitar posteriormente al personal de las Compañías de Intervención Rápida de Desastres (CIRD`s); asimismo, precisa que los gastos que demande el presente viaje al exterior, con excepción del transporte local, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, la Hoja de Gastos N° 0072 DGVC-ME/SIAF- RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza el gasto por el veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, que se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000003, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002711-2023-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite, para aprobación, el proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje de los mencionados Subo fi ciales, en misión de estudios, para participar en el curso de Técnicas de Respuesta Conjunta a Desastres, a llevarse a cabo en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 24 de agosto al 12 de octubre de 2023, así como, autorizar su salida del país el 23 de agosto y su retorno el 13 de octubre de 2023; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, el personal de Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u Ofi ciales de Mar, nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo de servicio compensatorio previsto en el artículo 21 de la referida norma, más el tiempo previsto en el citado artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE; Que, con O fi cio N° 01901-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 429-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable para autorizar la citada misión de estudios; Que, Informe Legal N° 01326-2023-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la misión de estudios del personal militar FAP que participará en el curso de Técnicas de Respuesta Conjunta a Desastres, a llevarse a cabo en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente