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30 NORMAS LEGALES Martes 22 de agosto de 2023 El Peruano / 1.3. La Resolución Nº 539-2013-JNE del Supremo Tribunal Electoral considera lo siguiente: [R]esulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos1. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones2 (en adelante, Reglamento) 1.4. El artículo 16 contempla:Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De los actuados se advierte que el señor alcalde remitió el acta de defunción del señor regidor; sin embargo, la consulta en línea realizada en el portal del Reniec no evidenciaba el registro del fallecimiento. 2.2. Este hecho pudo corroborarse con el Informe Nº 000475-2023/DRI/SDDRE/RENIEC, elaborado por la Subdirección de Depuración Registral y Electoral de la Dirección de Registros de Identi fi cación, que adjuntó copia certi fi cada del Acta de Defunción Nº 01985364 y procedió a cancelar por fallecimiento la inscripción del DNI Nº 43003721, correspondiente al señor regidor. 2.3. Así, acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.1.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a la nueva autoridad, acorde con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.) y la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.3.). 2.4. En ese sentido, se debe convocar a doña Luisa Clementina Rojas Bautista, identi fi cada con DNI Nº 70354953, candidata no proclamada de la organización política Concertación para el Desarrollo Regional - Lima, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Pedro de Casta, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 30 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huarochirí, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Nihl Ricardo Crisóstomo Bautista en el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Casta, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Luisa Clementina Rojas Bautista, identi fi cada con DNI Nº 70354953, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Pedro de Casta, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE.