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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (12/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 12 de diciembre de 2023 El Peruano / (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíqueseLESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2243007-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000739-2023-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 11 de diciembre de 2023VISTOS: El Informe N° D000406-2023-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D001070-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, se ha visto por conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar al profesional que se desempeñará como Jefe de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000198-2023-MIDIS -MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 12 de diciembre de 2023 al señor CESAR AUGUSTO LEGUA CASTILLA en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese.MARIA MONICA MORENO SAAVEDRA Directora EjecutivaPrograma Nacional de AlimentaciónEscolar Qali Warma 2243366-1EDUCACIÓN Aprueban actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación, reordenado mediante la Resolución de Secretaría General N° 003-2023-MINEDU RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH Lima, 30 de noviembre de 2023VISTOS, el Expediente N° OGEPER2023- INT-0423872; el Memorándum N° 01340-2023-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; los Informes Nº 01268-2023-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER y N° 1335-2023-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER de la O fi cina de Gestión de Personal; el Informe N° 00267-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos; el Memorándum N° 00889-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; y, CONSIDERANDO Que, el literal a) del numeral 2) del artículo 5 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece entre las funciones técnico-normativas del Ministerio de Educación, la referida a aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, (en adelante, la Directiva), la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 6.4.1.1. de la Directiva, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces puede actualizar el CAP Provisional de la entidad en atención a entre otros, el supuesto contemplado en el literal e. referido a: “Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, el numeral 6.4.1.2 de la Directiva estipula que los ajustes que se realicen en el marco de la administración del CAP Provisional se aprueban mediante resolución de la ORH o la que haga las veces, de la entidad, previo informe de la OPP, o la que haga la veces, pudiendo SERVIR realizar controles posteriores a fi n de veri fi car que en ningún caso se hayan desconocido o modi fi cado los criterios que sus informes favorables hayan establecido; Que, asimismo, el numeral 6.4.1.3 de la referida Directiva, señala que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1, respecto a la actualización del CAP Provisional, puede modi fi car el total de cargos y