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21 NORMAS LEGALES Martes 12 de diciembre de 2023 El Peruano / de las bibliotecas y redes de su ámbito en el Registro Nacional de Bibliotecas y mantener actualizada la información sobre su funcionamiento, de acuerdo al presente reglamento y las normas técnicas emitidas por la BNP como ente rector del SNB”; Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 30034, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MC, señala que el Sistema Nacional de Bibliotecas tiene entre sus funciones, las siguientes: “a) Promover que las bibliotecas públicas brinden a sus usuarios la información, el conocimiento y la cultura en todos sus soportes y presentaciones (…). b) Fomentar la creación, articulación y fortalecimiento de las redes bibliotecarias virtuales, orientadas a generar oportunidades de acceso a la información y al conocimiento en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital. c) Establecer alianzas estratégicas con entidades (…) para fomentar la creación de bibliotecas y redes bibliotecarias modernas en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital” ; Que, el artículo 15 del Reglamento de la Ley N° 30034 indica que la Biblioteca Nacional del Perú, como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene entre sus funciones, la siguiente: “m) Promover la profesionalización técnica bibliotecaria de los encargados y personal de las bibliotecas y redes de servicios bibliotecarios”; Que, el Glosario del Reglamento de la Ley N° 30034 establece que una Red de Bibliotecas es un “conjunto de bibliotecas o de servicios bibliotecarios que, conservando su autonomía administrativa, se unen para conseguir una mejor oferta de servicios de acceso al conocimiento para la comunidad, mediante la mutua cooperación” ; Que, mediante Resoluciones Jefaturales N° 000145- 2019-BNP y N° 000029-2021-BNP, se aprobaron y modi fi caron las “Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales”, las cuales son aplicables a las bibliotecas de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados que opten por constituir redes de bibliotecas públicas municipales, estableciendo, entre otros aspectos, los requisitos; y, tienen por fi nalidad “promover la optimización de la gestión bibliotecaria mediante la integración y colaboración entre bibliotecas públicas municipales con la fi nalidad de brindar adecuados servicios bibliotecarios al ciudadano” ; Que, de conformidad con lo señalado en las “Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales”, la Biblioteca Nacional del Perú, mediante la emisión de una Resolución Jefatural, promueve y o fi cializa la creación de las Redes de Bibliotecas Públicas Municipales que cumplan con los requisitos señalados en las mismas, previo análisis de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; Que, los artículos 28 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, indican que la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias es el órgano “(…) encargado de elaborar, plani fi car, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normas, planes, programas y proyectos para el desarrollo y la gestión e fi ciente y e fi caz del Sistema Nacional de Bibliotecas (…)”; y, tiene entre sus funciones, las siguientes: “a) Elaborar, proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, normas, planes, programas y proyectos que aseguren la calidad de los servicios bibliotecológicos (…), así como la preservación del patrimonio cultural bibliográ fi co documental de la nación, de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión y su efi caz funcionamiento”; así como, “k) Absolver consultas y emitir opinión técnica en las materias de su competencia” ; Que, mediante el Informe Técnico N° 000013-2023-BNP-J-DDPB-EADRB-MCO y los Informes N° 000444-2023-BNPJ-DDPB-EADRB y N° 000126-2023-BNPJ-DDPB, la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias y su Equipo de Trabajo de Articulación y Desarrollo de Redes de Bibliotecas, evaluaron y señalaron que la Municipalidad Provincial de Santa, a través del O fi cio N° 111-2023-GECyT-MPS, ha cumplido con presentar los requisitos indicados en la Resolución Jefatural N° 000145-2019-BNP, modi fi cada por Resolución Jefatural N° 000029-2021-BNP, para crear la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 24 en la provincia del Santa, conformada por cinco (5) bibliotecas públicas municipales; Que, mediante el Informe Legal N° 000339-2023-BNP- GG-OAJ de fecha 04 de diciembre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica evaluó y emitió opinión en el marco de sus funciones, adjuntando el proyecto de acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- CREAR la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 24 “Red de Bibliotecas Públicas Municipales de la provincia del Santa”, conformada por: i) Biblioteca Municipal Provincial “César Vallejo” de la Municipalidad Provincial del Santa; ii) Biblioteca Municipal de Coishco de la Municipalidad Distrital de Coishco; iii) Biblioteca Municipal “Blademir Carranza Montañez” de la Municipalidad Distrital de Samanco; iv) Biblioteca Pública Municipal “Inca Garcilaso de la Vega” de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; y, v) Biblioteca Pública Municipal “Ricardo Palma” de la Municipalidad Distrital de Santa. Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias la noti fi cación de la presente Resolución a los integrantes de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 24, para los fi nes correspondientes. Artículo 3 .- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe Institucional 2243016-1 Designan Coordinadora del Equipo de Trabajo de Gestión Cultural, Investigaciones y Ediciones de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000170-2023-BNP Lima, 11 de diciembre de 2023VISTOS: El Informe N° 000086-2023-BNP-J-DAPI de fecha 06 de diciembre de 2023, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Informe Técnico N° 000352-2023-BNP-GG-OA-ERH de fecha 06 de diciembre de 2023, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 001798-2023-BNP-GG-OA de fecha 06 de diciembre de 2023, de la O fi cina de Administración; el Informe Legal N° 000352-2023-BNP-GG-OAJ de fecha 11 de diciembre de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;