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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (19/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Martes 19 de diciembre de 2023 El Peruano / en cuyo subnumeral 6.9.2 del numeral 6.9 establece que: “Los planes de acción de seguridad ciudadana tienen un periodo de vigencia de implementación de cuatro (4) años, y se formulan un (1) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados anualmente, siempre y cuando se cumpla con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX de la citada directiva”; Que, el numeral 7.3 de la referida directiva detalla los pasos a seguir para la formulación, aprobación, implementación y actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC), en cuyo subnumeral 7.3.2, establece el procedimiento de aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, indicando lo siguiente: “7.3.2 Aprobación de los PADSC 7.3.2.1. Habiendo validado la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, el Presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital la aprobación del mismo. 7.3.2.2. El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) mediante Ordenanza Municipal Distrital en el más corto plazo, logrando cumplir este objetivo antes del término del mismo año de su formulación. 7.3.2.3. La Secretaría Técnica del CODISEC publica el PADSC aprobando en la página web institucional de la Municipalidad Distrital para conocimiento de la ciudadanía en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a su aprobación. 7.3.2.4. La Secretaría Técnica del CODISEC registra el PADSC aprobado y su respectiva Ordenanza Municipal Distrital en la plataforma digital implementada por la DGSC en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación.” Que, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de Mira fl ores, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 044-2023-A/MM de fecha 02 de enero de 2023, validó la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027 a través del Acta de Décima Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Mira fl ores 2023, de fecha 20 de octubre de 2023; Que, mediante el Memorándum N° 1674-2023-GSC/ MM de fecha 04 de diciembre de 2023, la Gerencia de Seguridad Ciudadana solicita a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, que emita su opinión técnica sobre la articulación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) 2024-2027 con el Plan Operativo Institucional (POI); Que, mediante el Memorándum N° 447-2023-GPP/ MM de fecha 06 de diciembre de 2023, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto comunica a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, que procedió a revisar las Acciones Estratégicas del PADSC 2024-2027 estableciendo su articulación con las Actividades Operativas del POI 2023, teniendo en cuenta lo establecido en la Directiva Nº 006-2023-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, para dicho efecto adjunta el cuadro que detalla dicha articulación; Que, mediante el Memorándum N° 1697-2023- GSC/MM de fecha 06 de diciembre de 2023, precisado posteriormente mediante el Memorándum N° 1699-2023-GSC/MM de fecha 11 de diciembre de 2023, la Gerencia de Seguridad Ciudadana remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027, indicando que dicho documento fue aprobado por el CODISEC de Mira fl ores mediante Acta N° 10-2023-CODISEC de fecha 20 de octubre de 2023, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2023-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”; motivo por el cual, dicha gerencia solicita la prosecución del trámite respectivo, adjunta de forma adicional el proyecto de ordenanza correspondiente; Que, mediante el Informe N° 384-2023-GAJ/MM de fecha 12 de diciembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente legalmente la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2024 - 2027 por el Concejo Municipal, conforme a sus atribuciones, el cual debe materializarse mediante Ordenanza, de acuerdo con lo señalado en el subnumeral 7.3.2.2. del numeral 7.3.2 de la Directiva Nº 006-2023-IN DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana” y en concordancia con el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Memorándum N° 1872-2023-GM/ MM de fecha 12 de diciembre de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General el Informe N° 384-2023-GAJ/MM juntamente con los actuados descritos, solicitando la prosecución del trámite respectivo, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Dictamen N° 092-2023/MM de la Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, por UNANIMIDAD, con cargo a redacción y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027 DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027 del distrito de Mira fl ores, el mismo que obra como anexo adjunto, formando parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de las actividades trasversales y operativas contenidas en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la mencionada Ordenanza, juntamente con su respectivo anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2245453-1 Ordenanza que establece la prórroga de la fecha de vencimiento de la cuarta cuota de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2023 en el distrito de Miraflores ORDENANZA N° 630/MM Mira fl ores, 14 de diciembre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRAFLORES;VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de diciembre de 2023, el Dictamen N° 096-2023/MM de