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38 NORMAS LEGALES Martes 19 de diciembre de 2023 El Peruano / observó que el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio presentó un atraso menor a un mes respecto del porcentaje establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en función a su carga procesal proyectada. Tercero.- En atención a lo descrito, este despacho ha emitido Resoluciones Administrativas con las cuales se aprobaron diversas propuestas de Jornadas Extraordinarias para la ejecución de actividades conducentes a coadyuvar a la Descarga Procesal de todos los órganos jurisdiccionales de todas las instancias, realizadas en diferentes fechas, con participación voluntaria de los servidores adscritos a cada una de estas dependencias judiciales. Cuarto.- Que, mediante el o fi cio de vistos, la Jueza del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio, doctora Stefany Urcia Gordillo, propone a este despacho la ejecución de una “maratón voluntaria” con una duración de 16 horas, para el día 21 de diciembre de 2023, a partir de las 08:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. a fi n de programar actividades jurisdiccionales y/o administrativas que permitan resolver causas emitiendo las respetivas resoluciones (autos o sentencias) que correspondan, dando igualmente trámite a los escritos presentados, entre otras actividades que impulsen el proceso judicial a fi n de disminuir la carga procesal, ofreciendo un mejor servicio de administración de justicia en bene fi cio del justiciable. Quinto.- Esta actividad a realizar en el referido Juzgado no signi fi cará la desatención de las diversas diligencias o labores programadas en la citada fecha, debiendo contemplar la participación voluntaria de su mismo personal de planta, requiriendo la participación activa de la Administración de la sede judicial donde se ubica, a fi n de gestionar y procurar la atención de las necesidades previas identi fi cada por la dependencia judicial y que la Gerencia de Administración Distrital mediante sus diversas unidades organizacionales deberá garantizar para evitar retrasos u observaciones. Sexto.- Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas. Sétimo.- Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 090-2018-CE-PJ, de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de “Jornada Laboral Voluntaria” para ser ejecutada en fecha 21 de diciembre del 2023, la cual iniciará desde las 08:00 a.m. hasta las 23:59 p.m. de la fecha señalada, para la realización de actividades como: emisión de sentencias, audiencias, autos, decretos, noti fi caciones, elevaciones y devoluciones de expedientes, entre otros; presentada por la jueza del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio, con participación voluntaria de los servidores judiciales adscritos al referido juzgado, mediante el uso adecuado de los módulos informáticos correspondientes del Sistema Integrado Judicial (SIJ) e hitos estadísticos que correspondan. Artículo Segundo.- DISPONER que la magistrada del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio realice las acciones necesarias conducentes a la consecución de la actividad aprobada, debiendo realizar las coordinaciones necesarias con la Administración del piso donde se ubica en la sede judicial “Edi fi cio Javier Alzamora Valdez” a fi n de atender los requerimientos que se puedan presentar antes y durante la ejecución de sus actividades. Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo mediante su Coordinación de Estadística efectúe el monitoreo y seguimiento de los expedientes trabajados mediante el Sistema Integrado Judicial (SIJ), debiendo llevar el control de los procesos trabajados en la fecha establecida, información que deberá ser remitida al despacho de la Presidencia a través del correo electrónico secretariageneralcsjlima@pj.gob.pe al día siguiente hábil de fi nalizada la jornada. Artículo Cuarto.- DISPONER que las horas laboradas fuera del horario de la jornada laboral ordinaria, durante la fecha de la jornada voluntaria dispuesta en la presente resolución administrativa, se considere para la compensación de las horas acumuladas con goce de haber generadas en virtud de la emergencia sanitaria originada por el Covid-19, siempre que se observen los lineamientos establecidos en la Ley N.° 31632. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la Comisión Nacional de Productividad Judicial y de los Juzgados Especializados en lo Civil permanentes; para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2245578-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 418-2023-CG “Directiva Interna que establece Disposiciones Complementarias a la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente” Mediante O fi cio Nº 002139-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República, solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución de Contraloría N° 418-2023-CG, publicada en la edición del día 16 de diciembre de 2023. DICE:“SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 015-2023-CG/ SESNC (…). (…)”.DEBE DECIR:“SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 015-2023-CG/ GMPL (…). (…)”. 2245522-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 419-2023-CG “Directiva Externa que establece Disposiciones Complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente” Mediante O fi cio Nº 002139-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República, solicita se publique