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40 NORMAS LEGALES Martes 19 de diciembre de 2023 El Peruano / de Director del Proyecto de Investigación titulado: “INTRODUCCIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRICOLA EN LA REGIÓN MOQUEGUA, DISTRITO DE ILO, PERÚ”, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 538-2022-UNAM”, para participar en la capacitación denominada: “CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE INDUSTRIA 4.0 Y FABRICACIÓN INTELIGENTE (THE INTERNATIONAL CONFERENCE ON INDUSTRY 4.0 AND SMART MANUFACTURING ISM), a realizarse en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 17 al 27 de noviembre de 2023. 2.- DISPONER, que los viáticos asignados cuyos gastos irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Meta: 064, Fuente de Financiamiento/Rubro: 5-18 Canon, Sobre canon, Regalías, Renta de Aduanas, Especí fi ca de Gastos: 2.3 Bienes y Servicios, Certi fi cación Presupuestal N° 5547, Monto: S/ 10,177.12 Soles del Presupuesto del Pliego de la Universidad Nacional de Moquegua. Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria N.º 30220, Resolución Viceministerial N.º 244-2021-MINEDU, modi fi cado con Resolución Viceministerial N.º 055-2022-MINEDU, el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N.º 578-2021-UNAM de fecha 22 de junio del 2021. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, el viaje al exterior en comisión de servicios a favor del Dr. HONORATO CCALLI PACCO, en su condición de Director del Proyecto de Investigación titulado: “INTRODUCCIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRICOLA EN LA REGIÓN MOQUEGUA, DISTRITO DE ILO, PERÚ”, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 538-2022-UNAM”, para participar en la capacitación denominada: “CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE INDUSTRIA 4.0 Y FABRICACIÓN INTELIGENTE (THE INTERNATIONAL CONFERENCE ON INDUSTRY 4.0 AND SMART MANUFACTURING ISM), a realizarse en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 17 al 27 de noviembre de 2023. Artículo Segundo.- Disponer, que los viáticos asignados cuyos gastos irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Meta: 064, Fuente de Financiamiento/Rubro: 5-18 Canon, Sobre canon, Regalías, Renta de Aduanas, Especí fi ca de Gastos: 2.3 Bienes y Servicios, Certi fi cación Presupuestal N° 5547, Monto: S/ 10,177.12 Soles del Presupuesto del Pliego de la Universidad Nacional de Moquegua, de acuerdo con el siguiente detalle: Dr. Honorato Ccalli Pacco 1. Viáticos: : S/. 960.00 soles 03 días nacional S/. 320.00 05 días internacional a $ 200.00 / día equivale (al cambio S/. 3.842) : S/. 3,842.00 soles 2. Pasajes Terrestre nacional: Moquegua-Tacna-Moquegua : : S/. 150.00 soles Terrestre Internacional: Aeropuerto a local del evento ida y vuelta ($ 130) : S/. 499.46 soles Aéreo nacional: Tacna-Lima-Tacna $ 165,00 : S/. 633.93 soles Aéreo Internacional: Lima-Lisboa-Lima $ 1065,00 : S/. 4,091.73 soles 3. Curso de Capacitación 4. TUUA Artículo Tercero.- Disponer, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- Encargar, a la Vicepresidencia de Investigación, así como a la Dirección General de Administración, adoptar las acciones necesarias para su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, implementación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ROBERTO H. CASTAÑEDA TERRONES Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 2240318-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3523-2023-MP-FN Lima, 15 de diciembre de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 2920-2023-MP-FN-PJFSANCASH, cursado por la abogada Aura Violeta Rodríguez Ormaeche, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, mediante el cual se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaylas, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación Interino el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº