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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Ana María Patricia Córdova Pérez Albela, en el puesto de Jefa de la Ofi cina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2249488-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2023-MINCETUR Lima, 10 de noviembre de 2023VISTOS, el O fi cio N° 5310-2023-ANC-MP-J del Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; el O fi cio N° 001281-2023-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe N° 0427-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 0129-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública, y el Memorándum Nº 1109-2023-MINCETUR/SG/OGPPD, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 367-2022-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modi fi cado por la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la referida ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 1 y 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza al Pliego 022: Ministerio Público la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; y, dispone que, durante el Año Fiscal 2023, la implementación y operación de la referida Unidad Ejecutora proviene del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos y entidades del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, el numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se refi ere el numeral 2 de dicha disposición, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, de acuerdo con el numeral 4 de la acotada Disposición Complementaria Final, las transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, se establece el procedimiento a seguir para el registro de la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; Que, con O fi cio N° 5310-2023-ANC-MP-J, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en el marco de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, así como de la Décima Disposición Complementaria Final Modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público, a cargo de la Unidad Ejecutora 012: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (UE 012: ANC-MP), hasta por el monto de S/ 86 359,00 (OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); correspondiente al 1% que forma parte del costo de Control Concurrente al proyecto de inversión identi fi cado con CUI 2573436 - MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN EL PARQUE ARQUEOLÓGICO DE MACHUPICCHU (LLAQTA, MONTAÑAS MACHUPICCHU, WAYNAPICCHU Y HUCHUYPICCHU) DISTRITO DE MACHUPICCHU DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe N° 0427-2023-MINCETUR/ SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 022: Ministerio Público, a cargo de la Unidad Ejecutora 012: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (UE 012: ANC-MP), por la suma de S/ 86 359,00 (OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y