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20 NORMAS LEGALES Domingo 8 de enero de 2023 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 000469-2022-ORH/INDECOPI, el Informe N° 000739-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe N° 000085-2022-GEG/INDECOPI, la Constancia N° 000053-2022-PRE/INDECOPI y el Informe N° 000766-2022-OAJ/INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal e) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar o remover al Secretario General de la Institución; Que los artículos 49 y 50 del Decreto Legislativo N° 1033 hacen referencia a la Secretaría General y sus funciones; sin embargo, mediante Decreto Legislativo 1391, se modi fi có la de fi nición a Gerencia General; Que, el literal f) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que el Consejo Directivo designa, remueve y acepta la renuncia del Gerente General de la Institución; Que, mediante Acuerdo N° 084-2022 el Consejo Directivo del INDECOPI designa al señor JULIO MARTÍN UBILLÚS SORIANO como Gerente General, encomendando a la Presidencia Ejecutiva y a la Gerencia General realizar las gestiones correspondientes para la debida ejecución del acuerdo; Que, mediante Informe N° 000766-2022-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la Presidencia Ejecutiva cuenta con facultades para emitir la resolución que designa al señor JULIO MARTÍN UBILLÚS SORIANO como Gerente General de la Institución; Que, mediante Informe N° 000469-2022-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos, concluye que el señor JULIO MARTÍN UBILLÚS SORIANO cumple con las competencias y méritos, así como los requisitos y/o atributos propios para ocupar el puesto de Gerente/a General; Que, mediante Resolución N° 000005-2023-PRE/ INDECOPI, la Presidencia Ejecutiva, da por concluido el encargo de funciones del Gerente General de la entidad del señor JULIO MARTÍN UBILLÚS SORIANO; Que, mediante Encargo de Funciones del 06 de enero de 2023, la Presidencia Ejecutiva, designa a la señorita ALEJANDRA MERCEDES VILLARAN RUIZ, en el cargo de Gerente General encargada de esta entidad; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, en el literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, el artículo 6 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y del numeral 5 del artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JULIO MARTÍN UBILLÚS SORIANO como Gerente General del INDECOPI, con efectividad al 09 de enero de 2023. Artículo 2.- Dispóngase las acciones correspondientes para la publicación de la presente en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIÁN PALACÍN GUTIÉRREZ Presidente Ejecutivo 2141002-1ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Delegan facultades en diversos funcionarios del OTASS, durante el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000001-2023-OTASS-DE Lima, 6 de enero de 2023VISTO:El Memorando Nº 000008-2023-OTASS- GG de la Gerencia General, el Informe Legal Nº 000006-2023-OTASS-OAJ de la O ficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (en adelante el OTASS), es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; la cual desarrolla en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, el artículo 84 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, concordado con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante ROF), del OTASS, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE, establecen que la Dirección Ejecutiva está a cargo del Director/a Ejecutivo/a, quien es titular del pliego presupuestal, representante legal y la máxima autoridad ejecutiva; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, en el mismo sentido, el numeral 85.1 del artículo 85, del referido cuerpo normativo establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley; Que, asimismo, el numeral 85.2 del artículo 85 de dicha norma, señala que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados; Que, el artículo 11 del ROF, señala que la Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección de mayor nivel jerárquico administrativo del OTASS, responsable de la conducción de las acciones de los órganos de administración interna, coordinando la ejecución de las tareas administrativas, financieras, presupuestales e inversiones y otras; Que, asimismo, el artículo 21 del ROF, señala que la O ficina de Administración es el órgano de apoyo responsable de conducir y supervisar los procesos de los