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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2023 (08/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 8 de enero de 2023 El Peruano / periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV-078-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: “Paisaje Arqueológico Petroglifos de Cruz Pampa”. Datum: WGS84Proyección: UTMZona UTM: 18S Cuadro de Datos Técnicos Paisaje Arqueológico Cruz Pampa Vértice Lado Distancia Ang. Interno Este Norte 1 1-2 40.00 79º37’45’’ 341505.84 9066659.102 2-3 30.00 100º22’15’’ 341536.97 9066684.223 3-4 40.00 79º37’45’’ 341559.70 9066664.654 4-1 30.00 100º22’15’’ 341528.57 9066639.53 TOTAL 140.00 360º0’0” Área: 1,200.00 m2 // (0.1200 ha) Perímetro: 140 m Las especi ficaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 000216-2022-DDC SMA-MAP/MC de fecha 16 de setiembre de 2022, así como en los Informes Nº 001031-2022-DSFL/MC e Informe Nº 000089-2022-DSFL-MMP/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-078-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi ficado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura San Martin, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Señalización XDelimitación, monumentación y señalización del paisaje arqueológico “Petroglifos de San Juan de Dios”, con la notificación de la protección provisional a la Dirección Regional de Agricultura del GORE SAN Martin. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura San Martin, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de finitiva identi ficación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi ficación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O ficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Uchiza a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti ficar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O ficial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de inspección Nº 000216-2022-DDC SMA-MAP/MC de fecha 16 de setiembre de 2022, los Informes Nº 001031-2022-DSFL/MC, 000089-2022-DSFL-MMP/MC, el Plano Perimétrico con código PPROV-078-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84 y el Informe Nº 000002-2023-DGPA-ARD/MC, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2141366-1 DEFENSA Aprueban tres (3) Llamamientos Ordinarios en la Fuerza Aérea del Perú, correspondientes al Año Fiscal 2023, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo de la clase 2005 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0013-2023-DE Lima, 6 de enero de 2023 VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 002368-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 04948-2022-MINDEF/ VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00133-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM de la Dirección de Personal Militar; y, el Informe Legal N° 00001-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 163 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, indicando, además, que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional conforme a Ley; Que, el artículo 165 de la Carta Magna dispone que las Fuerzas Armadas tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; Que, el artículo 47 de la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, concordante con el artículo 52 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2013-DE, señala que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado y es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fechas que determine cada Institución de las Fuerzas Armadas, comprendiendo a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002368-2022-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita aprobar los llamamientos ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2023 en la citada Institución Armada, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2005 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado; adjuntando el Informe Técnico DRRM - N° 001-2022 y el Informe Legal N° 0068-2022-DIREM/DIAJ de la Dirección de Reserva y Movilización de la Dirección General de Personal de la FAP, a través de los cuales se sustenta la necesidad de realizar tres (3) llamamientos ordinarios para el año 2023; Que, a través del O fi cio N° 04948-2022-MINDEF/VRD- DGRRHH, la Dirección General de Recursos Humanos