TEXTO PAGINA: 43
43 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y del Magistrado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2142364-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Delegan en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 005-2023-CG Lima, 10 de enero de 2023VISTOS:La Hoja Informativa Nº 000002-2023-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando N° 000005-2023-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000017-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000017-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31638 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y con la Resolución de Contraloría N° 415-2022-CG se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 019: Contraloría General; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, establece en sus numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7, que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando así lo establezca expresamente dicho cuerpo normativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, en virtud de lo señalado en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440 y conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01, y sus modi fi catorias, el artículo 47 del citado Decreto Legislativo, sobre Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2026; por lo que, en consideración a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo, el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mantiene su vigencia; Que, en el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se dispone que las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, el mismo que puede delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con la fi nalidad de desconcentrar las facultades y de optimizar el proceso de toma de decisiones en el ámbito de la gestión presupuestaria de la institución, y considerando la estructura orgánica aprobada por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, resulta conveniente delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad de aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2023; Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000017-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000017-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que delegue en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad señalada en el considerando precedente, en atención a la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones en su Hoja Informativa N° 000002-2023-CG/PLPREPI; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad de aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 019: Contraloría General, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2023, de acuerdo a las normas legales vigentes. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2141958-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Tribunal Constitucional durante el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 002-2023-P/TC Lima, 5 de enero de 2023VISTOS: La Resolución Administrativa N.° 166-2022-P/TC, de fecha 28 de octubre de 2022; las comunicaciones electrónicas de la Dirección General de Administración de fechas 21 de diciembre de 2022 y 05 de enero de 2023; y, el correo electrónico remitido por la Secretaría General de fecha 05 de enero de 2023; y,