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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2023 (12/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / administrativa, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante tales entidades. b) Suscribir, modi fi car y/o resolver contratos de comodato en nombre y representación de la ONP dentro del marco del Código Civil. c) Autorizar la impresión a color en casos justi fi cados por el área solicitante. d) Suscribir Convenios Especí fi cos Interinstitucionales con la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección para la adquisición de bienes, servicios en general, consultorías y obras. e) Autorizar el pago por enriquecimiento sin causa y/o reconocer el pago por obligaciones contraídas en ejercicios anteriores. En dichos casos, dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución, contando previamente con los Informes del área usuaria, del órgano encargado de las contrataciones y de la O fi cina de Asesoría Jurídica. 2.2 En materia de contratación pública:a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección; así como para las contrataciones realizadas, a través de catálogos electrónicos de acuerdos marco. b) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas para contratar bienes, servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en el TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento. c) Aprobar las Solicitudes de Expresión de Interés para el procedimiento de Selección de Consultores individuales. d) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley Nº 30225. e) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. f) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. g) Designar los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. h) Autorizar la contratación de expertos independientes o la solicitud de apoyo de expertos de otras entidades para los Comités de Selección de la ONP; así como la participación de expertos independientes de la ONP en los comités de selección de otras entidades. i) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley Nº 30225. j) Suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes, servicios y obras derivados de procedimientos de selección y/o contratos complementarios. k) Autorizar otras modi fi caciones a los contratos suscritos en el marco de la TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato y que las modi fi caciones no impliquen la variación del precio, en el marco de lo establecido en el artículo 34 del TUO de la Ley Nº 30225. l) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el porcentaje máximo permitido por el TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento. m) Aprobar la cesión de posición contractual del contratista en los casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a la Entidad, cuando se produzcan fusiones, escisiones o que exista norma legal que lo permita expresamente. n) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual.o) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la Directiva Nº 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco” o norma que la sustituya. p) Disponer el inicio de las acciones pertinentes, de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicados, en los casos previstos en el numeral 8.11 de la Directiva Nº 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco” o norma que la sustituya. q) Declarar la nulidad del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases en caso incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 30225. r) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado la posible infracción detectada y presentar los documentos necesarios relacionados con dichos procedimientos, de conformidad con los artículos 259 y 260 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. s) Aprobar las contrataciones que se encuentran excluidas del ámbito de aplicación del TUO de la Ley Nº 30225, previstas en sus artículos 4 y 5, así como suscribir los contratos que se deriven de las citadas contrataciones, excepto los contratos que se deriven de las contrataciones cuyos montos sea iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. Esta delegación incluye las facultades para modi fi car, extinguir o resolver contratos por mutuo acuerdo, salvo los que el mismo cuerpo legal exija un poder especial y formal. t) Representar a la ONP ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado para la presentación de solicitudes y atención de pedidos de información y/o documentación. Artículo 3 . Delegación de facultades al/la Ejecutivo/a de Logística Delégase las siguientes facultades al/la Ejecutivo/a de Logística: a) Suscribir las órdenes de compra y/u órdenes de servicio emitidas por la Entidad. b) Suscribir, modi fi car o resolver los contratos que deriven del supuesto contemplado en el literal a), numeral 5.1 del artículo 5 del TUO de la Ley Nº 30225, referido a las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. c) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten. d) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual, correspondientes a contratos que deriven del supuesto contemplado en el literal a), numeral 5.1 del artículo 5 del TUO de la Ley Nº 30225. e) Aprobar las Solicitudes de Cotización para los procedimientos de selección de Comparación de Precios. f) Otorgar la buena pro en los procedimientos de selección de Comparación de Precios. Artículo 4 . Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Asesoría Jurídica Delégase las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Asesoría Jurídica: 4.1 En materia administrativa:Suscribir conjuntamente con el/la Gerente/a General, en representación de la ONP, los contratos, adendas y/o convenios que resulten necesarios en aplicación de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 817. 4.2 En materia de contratación pública:a) Autorizar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación pública,