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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2023 (12/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / Que, el último párrafo del artículo 5 de la Ley Nº 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), señala que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13; Que, conforme al artículo 47, numeral 47.2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se prevé que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a través de disposición expresa publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en adelante TUO de la Ley Nº 30225, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y establece en el numeral 8.2 del artículo 8, que el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones mediante resolución, excepto las facultades expresamente cali fi cadas como indelegables por la propia Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; Que, conforme a los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, se prohíbe a las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el Titular de la Entidad o a quien este delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que, la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10, establece el procedimiento administrativo para la emisión de Constancias y los Títulos representativos de Bono de Reconocimiento, los que se autorizan por Resolución Jefatural de la ONP, cumpliendo las formalidades establecidas; pudiendo dichas facultades en ambos casos ser delegadas al Gerente General; Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos, encontrándose integrado, entre otros, por las O fi cinas de Recursos Humanos de las entidades; Que, por las consideraciones precedentes y con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar durante el año 2023 determinadas facultades asignadas al Titular de la Entidad; Con los vistos del Director General de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; de la Directora General de la O fi cina de Administración; del Director General de la O fi cina de Recursos Humanos; del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y del Gerente General, y; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532; el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM; así como la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10; SE RESUELVE:Artículo 1. Delegación de facultades al/la Gerente/a General Delégase al/la Gerente/a General, las siguientes facultades:1.1 En materia administrativa: a) Celebrar convenios de cooperación técnica, colaboración interinstitucional u otros de cualquier otra índole, incluidas sus adendas, con entidades públicas o privadas y organismos internacionales, salvo aquellos a las que se hace referencia expresamente en la presente delegación. b) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático al Pliego 095 - O fi cina de Normalización Previsional, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. c) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Entidad. d) Autorizar la emisión y anulación de las Constancias de Bono de Reconocimiento y de los Títulos Representativos de Bonos de Reconocimiento, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10 o norma que la modi fi que o sustituya. e) Suscribir los Títulos Representativos de Bono de Reconocimiento y su respectiva acta. f) Aprobar la contratación de servidores/as bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. g) Resolver los recursos de apelación respecto de las solicitudes de reconocimiento y abono de créditos internos y devengados, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, que aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado. 1.2 En materia de contratación pública:a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones. c) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 41 del TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento. d) Emitir la aprobación que se requiere para que el Comité de Selección y/o el órgano encargado de las contrataciones considere válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o referencial de los procedimientos de selección que se convoquen, previa certi fi cación de crédito presupuestario. e) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento. f) Aprobar los procesos de estandarización.g) Suscribir Convenios Marco Interinstitucionales con la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, así como con otras entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, mediante los cuales se encargue la realización de las actividades preparatorias y/o el procedimiento de selección que se requiera para la adquisición de bienes, servicios en general o consultorías, así como la aprobación de los actos posteriores que sean necesarios, los cuales se sujetan al cumplimiento de los requisitos y condiciones previstas en la normativa aplicable. Artículo 2. Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración Delégase las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración: 2.1 En materia administrativa:a) Representar a la ONP ante las diferentes entidades públicas y/o privadas, sobre temas de naturaleza tributaria, municipal, entre otras materias de naturaleza