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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2023 (17/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 17 de enero de 2023 El Peruano / y Acceso a la Información Pública, y que establece la obligación de designar a un funcionario responsable del Portal de Transparencia y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-PCM establece que “Todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la presente Ley están sometidas al principio de publicidad. (…)”; Que, el artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM señala que: ¨Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, son las siguientes: (…) c. Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia¨; asimismo, el artículo 4° establece que: “(…) La designación del (…) funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativa.”; Que, el numeral 36.21 del artículo 36° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con Enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N°369-MVES, señala como una de las funciones de supervisión y evaluación de la Unidad de Desarrollo Tecnológico la de “Monitorear la actualización del Portal de Transparencia Institucional en coordinación con las áreas involucradas”; Que, con Resolución de Alcaldía N° 014-2023-ALC/ MVES de fecha 03 de enero del 2023, se designa al Sr. CLEMENTINO MICHUY ROMERO como Subgerente de la Unidad de Desarrollo Tecnológico de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Estando a lo expuesto, y contando con el Visto Bueno de la Gerencia Municipal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y, en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al Sr. CLEMENTINO MICHUY ROMERO - Subgerente de la Unidad de Desarrollo Tecnológico de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, apoyar al funcionario designado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador deberán entregar la información solicitada por el funcionario designado en la presente Resolución, para la actualización pertinente del portal de transparencia de esta Entidad Edil. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, efectuar la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, en el Portal Institucional de esta Corporación Edil. (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2143318-1 Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 050-2023-ALC/MVES Villa El Salvador, 10 de enero del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando N° 018-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 005-2023-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 008-2023-OPP/MVES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, sobre delegación de facultades para aprobación de Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y otros, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales son “Los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”, asimismo, los numerales 6) y 20) del artículo 20º de la citada Ley, señala que entre una de las atribuciones que tiene el Alcalde, es la de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨ y ¨Delegar sus atribuciones (…) administrativas en el gerente municipal. ¨; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, señala: ¨40.2 Las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano¨, encontrándose ello concordante con lo establecido en el numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, el numeral 7.2 del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema