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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2023 (17/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Martes 17 de enero de 2023 El Peruano / formulada y, considerando que se trata de una magistrada titular, designársele en un Despacho Fiscal conforme a su título de nombramiento. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Hilda Graciela Montes Navidad, Fiscal Superior Titular Penal de Ica, Distrito Fiscal de Ica, al cargo de Jefa de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ica, actualmente O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 114-2020-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2020. Artículo Segundo .- Designar a la abogada Hilda Graciela Montes Navidad, Fiscal Superior Titular Penal de Ica, Distrito Fiscal de Ica, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Ica. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143500-1 Designan fiscal en el Despacho de la Fiscalía Provincial en Prevención del Delito de Andahuaylas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 130-2023-MP-FN Lima, 16 de enero de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 1368-2022-MP-FN-FSTEPDCN- CNFEPD, que contiene el informe Nº 083-2022-MP-FN-FSTEPDcCN, remitidos por el abogado Alfonso Federico Barrenechea Cabrera, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, mediante los cuales, eleva la propuesta para cubrir una (01) plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial en Prevención del Delito de Andahuaylas, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Estefany Pérez Angulo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial en Prevención del Delito de Andahuaylas. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación mencionados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143582-1 Designan fiscal en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 131-2023-MP-FN Lima, 16 de enero de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 927-2023-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Adjunto Superior para el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la