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71 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / - Designar y remover a los miembros titulares y sus respectivos suplentes del Comité de Selección encargado de las Contrataciones de la Entidad en procesos de Licitación Pública de Bienes y Obras, Concurso Público de Servicios y Consultorías de Obra, Selección de Consultorías Individuales para Servicios y Consultorías de Obra. - Aprobar la oferta económica cuando ésta supere el valor estimado o valor referencial, siempre que se cuente con certi fi cación de crédito presupuestario y con el informe correspondiente del Jefe de la Unidad de Logística en su calidad de Órgano Encargado de las Contrataciones. - Aprobar los actos administrativos relacionados a los Procesos de Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras. - Aprobar los expedientes de contratación y las bases de Licitación Pública, Concurso Público, Contratación Directa, Adjudicaciones Simpli fi cadas de Obras y Supervisión de Obras. - Declarar la nulidad de o fi cio del procedimiento de selección cuando en el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases se incurra en las causales previstas en el numeral 44.2 del artículo 44º del TUO de la Ley de Contrataciones, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 72.7 del artículo 72 de su Reglamento. - Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, así como los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Aprobar las contrataciones complementarias en bienes, servicios, obras y consultorías de obras, así como aprobar otras modi fi caciones al contrato. suspensión de plazos contractuales, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio. - Disponer la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y consultoría en general, hasta por el máximo permitido por Ley de Contrataciones del Estado. - Aprobar las intervenciones económicas de obra, así como designar al interventor de obra y modi fi car su designación cuando sea necesario, según dispone el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y la Directiva correspondiente del OSCE. Artículo Tercero.- DELEGAR en el Jefe de la Unidad de Logística en nombre de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes funciones: - Aprobar los expedientes de contratación y las bases en los Procesos de Selección de Adjudicación Simpli fi cada, Consultorías en general y Subasta Inversa Electrónica, para bienes y servicios. - Designar el Comité de Selección en los Procesos de Adjudicación Simpli fi cada de Bienes, Servicios, Obras y Supervisión de Obras. - Designar el Comité de Selección en los Procesos de Consultorías en general y Subasta Inversa Electrónica. - Aprobar los expedientes de contratación y las solicitudes de expresión de interés para selección de consultores individuales o solicitudes de cotización para comparación de precios. - Suscribir los contratos o emitir órdenes de compras o de servicios derivados de las contrataciones de bienes, servicios y obras por montos menores o iguales a ocho Unidades Impositivas Tributarias (8 UIT), que se encuentran excluidos de la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado. - Registrar en el SEACE la constancia de prestación donde se precise como mínimo la identi fi cación del contrato, objeto del contrato, el monto del contrato, el plazo contractual y las penalidades en que hubiera incurrido el contratista. En el caso de consultoría de obra y ejecución de obra se deben incluir los datos señalados por el OSCE, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal en el SEACE, vinculados a la contratación estatal, de conformidad con lo establecido en los artículos 48º y 49º del TUO de la Ley de Contrataciones y su Reglamento. - Aprobar la subcontratación en contratos derivados de los procedimientos de selección hasta por el porcentaje previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, salvo prohibición expresa contenida en los documentos del procedimiento de selección. - Aprobar la resolución total o parcial de los contratos cumpliendo con el procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de bienes, servicios, consultoría en general, consultoría de obras y de ejecución de obras prevista en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Cancelar total o parcialmente los procedimientos de selección por causal debidamente motivada, según lo establece el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- DELEGAR en el Gerente de Desarrollo Urbano y Catastro, Gerente de Seguridad Humana, Gerente de Medio Ambiente y Sostenibilidad y Gerente de la O fi cina de Gobierno Digital, la facultad de aprobar y autorizar la elaboración de Expedientes Técnicos o Documentos Equivalentes de Proyectos de Inversión Pública, incluyendo las IOARR (Inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación), así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas, en los proyectos de inversión de su competencia. Artículo Quinto.- DELEGAR en el funcionario a cargo de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor, Gerencia de Seguridad Humana, Gerencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad y O fi cina de Gobierno Digital, en su calidad de Unidades Ejecutoras de Inversión activas de la Municipalidad de San Borja, registradas en el Banco de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la facultad de aprobar las liquidaciones de obras (por Administración Directa y por Contrata) en los proyectos de su competencia. Artículo Sexto.- DELEGAR en la Secretaria General en nombre de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes funciones: - Expedir Resoluciones sobre dispensa de publicación de edictos. Artículo Sétimo.- DELEGAR en el Gerente de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica en nombre de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes funciones: - Emitir Resoluciones en materia de modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático. Artículo Octavo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 074-2020-MSB-A de fecha 11 de marzo de 2020, la Resolución de Alcaldía N° 117-2021-MSB-A de fecha 22 de junio de 2021, la Resolución de Alcaldía N° 274-2021-MSB-A de fecha 16 de diciembre de 2021 y Resolución de Alcaldía N° 135-2022-MSB-A de fecha 07 de julio de 2022. Artículo Noveno.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Web institucional de la Municipalidad Distrital de San Borja y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Alcalde 2144657-1