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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / válidos, por lo que no son materia de compensación ni devolución. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Segunda.- La entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no suspende las funciones de cobranza en vía ordinaria y/o coactiva. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la O fi cina General de Administración y Finanzas y demás dependencias de la administración la correcta aplicación de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la O fi cina General de Tecnología de la Información para su publicación en el portal web de la Institución: www. munisjm.gob.pe y a la O fi cina General de Comunicaciones su difusión de la presente ordenanza. Cuarto.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Quinto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2144716-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Borja RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 039-2023-MSB-A San Borja, 1 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019- JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento y su modi fi catoria mediante Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”; asimismo, el literal c) del artículo 3° del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2013-PCM señala que: “Obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad. c) Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”;Que, existiendo cambios en el cuadro de funcionarios de esta Comuna, es necesario proceder con la emisión del acto administrativo correspondiente, mediante el cual se designe a don Rubén Emilio Parra Williams, Gerente de la O fi cina de Gobierno Digital, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Borja; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 01 de enero de 2023, a don Rubén Emilio Parra Williams, Gerente de la O fi cina de Gobierno Digital, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Alcalde 2144656-1 Delegan funciones en diversos funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Borja RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 040-2023-MSB-A San Borja, 3 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° 001-2023-MSB-GM-OAF de la O fi cina de Administración y Finanzas de fecha 02 de enero de 2023, el Informe N°001-2023-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 03 de enero de 2023, el Memorándum N° 001-2023-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 03 de enero de 2023; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “La alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local”. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”; asimismo, el numeral 20) del artículo 20° de la citada Ley, establece como atribuciones del Alcalde, entre otras, la de: “Delegar sus atribuciones políticas a un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal”; siendo que, el artículo 43° de la citada ley, dispone que: “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo”; Que, el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala respecto de los funcionarios, dependencias y órganos encargados de las contrataciones, lo siguiente: “8.2 El Titular de la Entidad