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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2023 (24/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 24 de enero de 2023 El Peruano / de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, conforme al siguiente texto: “Primera Disposición Transitoria.- De la aplicación Excepcionalmente, para la aplicación de la compensación social y promoción para el acceso al GLP, se puede otorgar un Vale de Descuento FISE de S/ 43.00 (Cuarenta y Tres con 00/100 Soles) por cada mes calendario a las provincias a nivel nacional donde se encuentran ubicados yacimientos de Gas Natural en explotación, según lo que establezca el Administrador mediante Resolución de la unidad de organización que ejerza dicha función en el MINEM. Para ello, se consideran los criterios de focalización establecidos en el artículo 6 de la presente norma. Respecto de los criterios generales, se considera un umbral de consumo promedio mensual de electricidad menor o igual a 100 kWh. Adicionalmente, el valor económico del Vale de Descuento FISE para la aplicación de la compensación social y promoción para el acceso al GLP en los distritos de la provincia de La Convención del departamento del Cusco, distantes de puntos de abastecimiento y cuya logística es compleja, puede ser de S/ 63.00 (Sesenta y tres con 00/100 Soles), por cada mes calendario, según los criterios de distancia y complejidad logística que establezca el Administrador del FISE. Asimismo, se consideran los criterios de focalización establecidos en el artículo 6 de la presente norma. Respecto de los criterios generales, se considera un umbral de consumo promedio mensual de electricidad menor o igual a 100 kWh.” Artículo 2.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministro de Energía y Minas. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef); y, del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial “El Peruano” Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2145474-1 Autorizan transferencia financiera a favor de PETROPERU S.A., para financiar administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2023-MINEM/DM Lima, 23 de enero de 2023 VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 012-2023-MINEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 020-2023-MINEM-OGPP/OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 009-2023-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 062-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 456-2022/ MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 934 024 352,00 (Novecientos treinta y cuatro millones veinticuatro mil trecientos cincuenta y dos y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2020-EM, Decreto Supremo que otorga encargo especial a la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, se encarga a Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la mencionada Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna; Que, en atención, a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 029-2020-EM, con fecha 28 de diciembre de 2020, se suscribió el Convenio Marco de Encargo Especial para la Administración Provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste entre PETROPERÚ y el Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de establecer los derechos y obligaciones de ambas entidades, así como las condiciones especí fi cas que regirán para efectos de la ejecución del Encargo Especial para la administración provisional de la Concesión Sur Oeste, que entró en vigencia desde el 19 de diciembre de 2020 y tiene un plazo máximo de vigencia de (03) tres años calendario, según lo establecido en la cláusula cuarta del citado Convenio; Que, mediante Resolución Ministerial N° 411-2021-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas autorizó la transferencia fi nanciera a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., por la suma de S/ 34 665 600,00 (treinta y cuatro millones seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos con 00/100 soles), para fi nanciar la administración provisional de la Concesión del Sur Oeste durante el periodo de diciembre de 2020 a diciembre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 134-2020; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 117-2022-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas autorizó la transferencia fi nanciera a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., por la suma de S/ 15 000 000,00 (quince millones y 00/100 soles), para fi nanciar la administración provisional de la Concesión del Sur Oeste durante el año 2022, en cumplimiento de lo dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, el acápite v del literal k del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas (MINEM en adelante), durante el Año Fiscal 2023, a realizar transferencias fi nancieras a favor de PETROPERU, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 15 675 000,00 (Quince millones seiscientos setenta y cinco mil y 00/100 soles) para fi nanciar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la