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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2023 (27/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 27 de enero de 2023 El Peruano / de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Legal N°01-2023-MDSL-GAJ; y, el Memorándum N°032-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal; sobre la aprobación de la declaratoria de Desabastecimiento de Suministro de Combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad de San Luis y autorización para la Contratación Directa para la Adquisición de Combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de San Luis por un periodo de 03 meses; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191°,194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes” establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, por su lado el articulo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del Sector público; así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 27° literal del c del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°082-2019 establece que de manera excepcional las entidades pueden contratar directamente, ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada, que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones; Que, de acuerdo con el literal c del artículo 100° del Reglamento de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del estado, aprobado por Decreto Supremo N°344-2018-EF la situación de desabastecimiento se con fi gura ante la ausencia inminente de determinado bien, servicio en general o consultoría, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo; Que, con el Informe N° 001-2023-MDSL-SGLCPYSG de la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales cumple con brindar la justi fi cación de la necesidad y procedencia de la contratación directa, asimismo proporciona el análisis del hecho o situación extraordinaria e imprevisible que determina la ausencia inminente del bien combustible, materia de la contratación que se requiere aprobar; Que, asimismo el referido informe proporciona la justifi cación y sustenta en qué medida la ausencia del bien, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones que nuestra Entidad tiene a su cargo como son la reducción de peligros a través del patrullaje de los vehículos de Seguridad Ciudadana, riesgos infecciosos, eliminación de basura y desechos tóxicos; Que, a través del Informe Legal N° 001-2023-MDSL- GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable para que se declare la situación de desabastecimiento y se efectúe la contratación directa para la adquisición de combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de San Luis por un periodo de tres meses; Que, con el memorándum N° 932-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal remite a Secretaría General los actuados administrativos a efectos que se proceda a convocar a sesión extraordinaria de Concejo Municipal; Que, en ese sentido el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público vecinal, o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 26 del artículo 9 de la Ley Organiza de Municipalidades, Ley N° 27972, y con dispensa de lectura y aprobación del acta, el concejo aprueba por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Declarar la situación de Desabastecimiento que afecta a la Municipalidad distrital de San Luis ante la ausencia inminente del Bien combustible que determina que sea de suma urgencia la adquisición del Combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad de San Luis, como lo señala el Informe N° 001-2023-MDSL/SGLCPYSG, emitido por la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales. Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales, la Contratación Directa para la adquisición de Combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de San Luis por un periodo de 03 meses. Artículo Tercero.- Correr traslado de lo actuado al Gerente Municipal, para que a través de los órganos correspondientes se proceda a determinar la responsabilidad de Funcionarios y Servidores, que participaron en los procesos de contratación del servicio, cuya conducta hubiese originado la presencia o con fi guración de dicha causal de desabastecimiento inminente. Artículo Cuarto.- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones la Contratación del Servicio la Adquisición de Combustible para las diferentes unidades vehiculares como lo señala el Informe N° 001-2023-MDSL/SGLCPYSG, emitido por la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales. Artículo Quinto.- Encargar al Gerente de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales, su publicación en el SEACE. Artículo Sétimo.- la Información, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de San Luis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2145966-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU Aprueban celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario Costumbrista 2023 ORDENANZA Nº 109-2023/MDMP Mi Perú, 16 de enero del 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo de manera presencial de la fecha, el Memorando Nº 024-2023-GM/MDMP de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 005-2023-GAJ/MDMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 009-2023-GPPR/MDMP de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, así como memorando Nº 014-2023-GM/MDMP de Gerencia