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62 NORMAS LEGALES Viernes 27 de enero de 2023 El Peruano / UIT = S/4,600 Nº DERECHO TRÁMITENº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDADDERECHO ( I )COSTO ( C )% COBERTURA S/ S/ (I / C) 24 Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado tipo: banderolas (aplica solo para iluminado) o in flables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio público.118.20 118.29 99.92% 23 25 Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial tipo: in flables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio público.118.20 118.29 99.92% 24 SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y CONTROL URBANO: SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD 27 Duplicado de la resolución de autorización para la ubicación del elemento de publicidad exterior.32.20 32.20 100.00% 25 UIT vigente en el año 2022 = S/ 4,600.00 Fuente: Expediente Ordenanza N.º 444-2022/MDCHElaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Artículo 2.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 444-2022/MDCH, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como también, se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad Distrital adecuarse a los cambios normativos que se produzcan posteriormente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chorrillos así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza rati fi cada y en la normativa vigente. Dicha responsabilidad implica adoptar las medidas necesarias a efectos que, en relación de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el Artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello.La publicación se deberá realizar sin perjuicio que la Municipalidad normativamente, adecúe en el Anexo de la Ordenanza, los siguientes aspectos: i) Respecto a los trámites de Elementos de Publicidad Exterior, se consigne la modalidad de pago del derecho de trámite y se incluya el formulario a utilizar, para cada uno de sus trámites; y, ii) El trámite “Duplicado de la Resolución de Autorización para la ubicación del Elemento de Publicidad Exterior” se considere como un Servicio Prestado en Exclusividad. Los aspectos observados no inciden en el costeo de los trámites ni en la determinación del derecho tramite, por lo cual se ha emitido pronunciamiento favorable en los referidos casos, siendo la adecuación responsabilidad de la propia Municipalidad. Artículo 3.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la difusión del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2137384-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Disponen mantener compensación económica mensual de Alcaldesa y dieta de regidores de la Municipalidad Distrital de Lince ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2023-MDL Lince, 17 de enero de 2023 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LINCE;VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N°00029-2023-MDL/SG, de fecha 05 de enero de 2023, de Secretaría General; el Informe N°0009-2023-OAF/ORH, de fecha 05 de enero de 2023, de la Ofi cina de Recursos Humanos; el Memorando N°0007- 2023-MDL/OGPP, de fecha 06 de enero de 2023, de la Ofi cina General Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001-2023-MDL-GAJ, de fecha 06 de enero de 2023, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 016-2023-MDL-GM, de fecha 06 de enero de 2023, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 39° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 21° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los alcaldes son funcionarios públicos al servicio de la Nación, desempeñan su cargo a tiempo completo y son rentados mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, según el numeral 28 del artículo 9° de la citada Ley N° 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, concordante con los artículos 21° y 44° de la citada norma, dicho acuerdo debe publicarse obligatoriamente, bajo responsabilidad; Que, de acuerdo con el citado artículo 21° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el monto