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14 NORMAS LEGALES Martes 31 de enero de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Acepta la renuncia formulada por la señora Ana Isabel Domínguez Del Águila, al cargo de Secretaria General del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Claudia Rosalía Centurión Lino, en el cargo de Secretaria General del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2147354-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 001-2023-PRODUCE Mediante O fi cio Nº 000168-2023-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita que se publique la Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 001-2023-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Acuicultura al 2030, publicado en Separata Especial de la edición del día 26 de enero de 2023. DÉCIMO SÉPTIMO CONSIDERANDO(Pág. 3 Separata Especial El Peruano)DICE:“Que, la Política Nacional de Acuicultura, cuenta con cinco (5) objetivos prioritarios: (…); ii) Aumentar la capacidad en I+D+I en la acuicultura; (…);” DEBE DECIR:“Que, la Política Nacional de Acuicultura, cuenta con cinco (5) objetivos prioritarios: (…); ii) Aumentar la capacidad en I+D+i en la acuicultura; (…);” NUMERAL 5.2 DEL ARTÍCULO 5 (Pág. 4 Separata Especial El Peruano)DICE:“(…) 5.2. Las entidades de la Administración Pública que son prestadores de servicios (…);” DEBE DECIR:“(…) 5.2. Las entidades de la Administración Pública que son prestadoras de servicios (…);” 2147356-1 SALUD Designan Ejecutiva Adjunta I del Despacho Viceministerial de Salud Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2023/MINSA Lima, 30 de enero del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022-OGGRH/MINSA, de fecha 5 de mayo de 2022, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 22) del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora TANIA MARIANELA MASCARO COLLAZOS, en el cargo señalado precedentemente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora TANIA MARIANELA MASCARO COLLAZOS, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I (CAP – P Nº 22), Nivel F-4, del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2147329-1 Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra el Virus del Papiloma Humano - 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2023/MINSA Lima, 30 de enero del 2023Visto, el Expediente N° DGIESP20230000063, que contiene la Nota Informativa N° D000057-2023-DGIESP-MINSA y el Informe N° D000014-2023-DGIESP-DMUNI-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; el Memorándum N° D000213-2023-OGPPM-MINSA y el Informe N° D000010-2023-OGPPM-OPEE-MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000088-2023-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto