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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2023 (31/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 31 de enero de 2023 El Peruano / INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción”, en el año 2023, dirigida a las empresas fabricantes y/o distribuidoras de materiales de construcción a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 024-2023-INEI Lima, 30 de enero de 2023Visto, el O fi cio Nº 000003-2023-INEI/DTIE de la Directora Técnica y el Informe Nº 001-2023-INEI/DTIE-DEIPRE-DOIP, de la Dirección Ejecutiva de Índices de Precios de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, y tiene como una de sus funciones producir y difundir los índices de precios al consumidor; así como el comportamiento de las principales variables económicas del país; Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, trans fi ere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los índices de los elementos que determinan el costo de obras; Que, de acuerdo al artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, establece que la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, es el órgano responsable de normar, coordinar, supervisar y evaluar la elaboración de los índices e Indicadores de coyuntura que realiza los órganos del Sistema; asimismo, señala que tiene entre sus funciones y atribuciones planear, ejecutar, supervisar y evaluar los estudios e investigaciones orientadas a la previsión del comportamiento de las principales variables económicas coyunturales, así como elaborar índices e indicadores macroeconómicos que no pueden ser ejecutados por los órganos del sistema; Que, mediante documentos del visto la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita autorización para ejecutar la “Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción” en el año 2023, dirigida a las empresas fabricantes y/o distribuidoras de materiales de construcción ubicados en el territorio nacional, para cuyo efecto adjunta la Ficha Técnica y el Formulario a diligenciarse en la mencionada Encuesta; Que, la “Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción” en el año 2023, permitirá captar información de precios para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (IUPC), indicador económico que muestra la fl uctuación promedio de precios, que experimentan en el mercado el conjunto de elementos que intervienen en el costo de las obras de Construcción Civil; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción en el año 2023”, fi jar el plazo para su entrega y, aprobar el Formulario a diligenciarse en la mencionada Investigación estadística, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción”, en el año 2023, dirigida a las empresas fabricantes y/o distribuidoras de materiales de construcción a nivel nacional, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), en Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao y, de las O fi cinas Departamentales de Estadística e Informática (ODEI), en las otras ciudades del país. Artículo 2.- Aprobar, el formulario de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, en el año 2023, que forma parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante o fi cio, remitirá dicho formulario a las empresas y establecimientos seleccionados, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3.- Establecer, como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con información del mes inmediato anterior, hasta el quinto día hábil de iniciado cada mes. Artículo 4.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, serán pasibles de sanción conforme a lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Articulo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe). Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2147273-1 Autorizan ejecución de la “Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga”, durante el año 2023, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre (código 32), dirigida a las empresas y agencias de transporte RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 025-2023-INEI Lima, 30 de enero de 2023 Visto, el O fi cio Nº 000003-2023-INEI/DTIE de la Directora Técnica y el Informe Nº 001-2023-INEI/DTIE-DEIPRE-DOIP, de la Dirección Ejecutiva de Índices de Precios de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, y tiene como una de sus funciones producir y difundir los índices de precios