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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2023 (31/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 31 de enero de 2023 El Peruano / letrados del Distrito de Paucarpata en este periodo, tenían también bajo su competencia territorial a los Distritos de Mariano Melgar y Mira fl ores. b) Durante el periodo de julio a noviembre de 2022, luego de la mencionada reubicación, el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Paucarpata, los cuales ya no tienen competencia territorial en los Distritos de Mariano Melgar y Mira fl ores a partir de 1 de julio de 2022, en un periodo de 5 meses presentaron unos ingresos totales de 1,930 expedientes, cifra casi similar a los ingresos de enero a junio de 2,255 expedientes que presentaron en 6 meses los tres juzgados de paz letrados del referido distrito, no observándose una disminución sustancial en los ingresos de los juzgados de paz letrados de Paucarpata, los cuales presentaban en ese periodo competencia territorial sobre los Distritos de Mariano Melgar y Mira fl ores; siendo conveniente evaluar los ingresos de los juzgados de paz letrado de los Distritos de Mariano Melgar y de Paucarpata durante el primer semestre del presente año. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 221-2023 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de enero de 2023, realizada con la participación de la señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Desestimar la solicitud presentada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para la reubicación de fi nitiva del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Mariano Melgar, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, en el referido distrito. Artículo Segundo.- Ampliar el funcionamiento del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Mariano Melgar, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, con efectividad al 1 de enero de 2023; y por un periodo de seis meses. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina de Productividad Judicial, Corte Superior de Justicia de Arequipa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2147325-6 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el funcionamiento de diversos Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, durante el periodo vacacional comprendido del 1 de febrero al 2 de marzo de 2023; y dictan otras disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000052-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero del 2023 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 000045-2023-P-CSJLI- PJ de fecha 20 de enero de 2023 expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, y los informes de la Coordinación de Recursos Humanos; y,CONSIDERANDO: A través de la Resolución Administrativa de vistos, se dispuso el funcionamiento de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de esta Corte Superior durante el periodo vacacional comprendido del 1 de febrero al 2 de marzo del 2023, con indicación de los Magistrados que estarán a cargo de los mismos; ello bajo los parámetros establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000416-2022-CE-PJ del 8 de diciembre del 2022. En el artículo séptimo de la citada Resolución Administrativa, el Consejo Ejecutivo estableció: “Los jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo que no tengan el récord laboral exigido, no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia, previa designación del Presidente/a de la Corte Superior...”; y, en su artículo octavo dispuso: “Los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, designarán al personal mínimo necesario para el efi caz funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia, quedando facultados a conformar otros que se requieran, así como a adoptar las acciones que resulten convenientes en los casos no previstos”. La Coordinación de Recursos Humanos a través del informe de vistos recti fi cando su informe anterior ha señalado que determinados magistrados no cumplían con su récord vacacional exigido y por tanto no deberían salir de vacaciones durante el periodo del 1 de febrero al 2 de marzo del 2023, razón por la cual resulta menester realizar las precisiones correspondientes. Por otro lado, se advierte la necesidad de conformar otro órgano jurisdiccional de emergencia razón por la cual esta Presidencia en uso de las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo en la acotada Resolución Administrativa, procederá a incorporar como órgano jurisdiccional de emergencia. En este contexto, en uso de las facultades previstas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER el funcionamiento, además de los señalados en la Resolución Administrativa N° 000045-2023-P-CSJLI-PJ, de los siguientes Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, durante el periodo vacacional comprendido del 1 de febrero al 2 de marzo de 2023: Artículo Segundo.- RECONFORMA E INCORPORAR las siguientes Salas de Vacaciones: 1° Sala Civil con Sub especialidad Comercial integrada por los/as Jueces (zas) Superiores: José Wilfredo Diaz Vallejos (Presidente), Rolando Alfonzo Martel Chang y Ana Marilú Prado Castañeda; con competencia en materia comercial (2° Sala Comercial). Sala Civil de vacaciones integrada por los/as Jueces (zas) Superiores: Mercedes Isabel Manzanares Campos (Presidente), Manuel Iván Miranda Alcántara y Guillermo Vicente Solano Chumpitaz con competencia en materia Civil (2°, 3° y 4° Sala Civil). del 1 al 15 de febrero del 2023. Sala Civil de vacaciones integrada por los/as Jueces (zas) Superiores: Cesar Augusto Solís Macedo (Presidente), Mercedes Isabel Manzanares Campos y Manuel Iván Miranda Alcántara con competencia en materia Civil (2°, 3° y 4° Sala Civil). del 16 de febrero al 2 de marzo del 2023. Sala Constitucional de vacaciones integrada por los/as Jueces (zas) Superiores: Oswaldo Alberto Ordoñez Alcántara (Presidente), Roberto Vílchez Dávila y Andrés Fortunato Tapia Gonzales con competencia en materia Constitucional (1°, 2° y 3° Sala Constitucional). del 1 al 15 de febrero del 2023. Sala Constitucional de vacaciones integrada por los/as Jueces (zas) Superiores: Oswaldo Alberto Ordoñez Alcántara (Presidente), Néstor Fernando Paredes Flores y Eduardo Armando Romero Roca con competencia en materia Constitucional (1°, 2° y 3° Sala Constitucional). del 16 de febrero al 2 de marzo del 2023.