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38 NORMAS LEGALES Martes 7 de febrero de 2023 El Peruano / reniec.gob.pe/web/estadistica/pelectoral) se veri fi ca que la población electoral del distrito de San Miguel es de 144, 420 habitantes, por lo tanto, la remuneración del Alcalde se encuentra dentro de la escala II, esto es de 100 001 a 150 000 pobladores de conformidad con lo establecido en el Anexo Único del Decreto Supremo N° 413-2019-EF y más el incremento mensual correspondiente al Decreto Supremo N° 311-2022-EF , correspondiéndole un ingreso máximo mensual ascendente a la suma de S/. 11,452.21 (Once mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos con 21/100 Soles); Que, fi nalmente, en cuanto a las dietas que corresponden percibir los regidores municipales, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, indica que en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde correspondiente, por lo tanto, para los regidores de la Municipalidad Distrital de San Miguel corresponderá un monto máximo ascendente a S/. 2, 340.00 (Dos mil Trescientos Cuarenta con 00/100 Soles), manteniéndose el mismo monto de la gestión anterior, de conformidad con la primera disposición complementaria fi nal del Decreto Supremo N° 413-2019-EF; Que, en la Sesión Ordinaria N° 002-2023, de fecha 18 de enero de 2023, se debatió la aprobación de la remuneración del alcalde y la dieta de los regidores, siendo aprobado por UNANIMIDAD ambos conceptos; sin embargo, el Concejo Municipal determinó que el importe considerado por la Unidad de Recursos Humanos debe ser precisado por los organismos competentes; Que, de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior, el Concejo Municipal solicitó a la Comisión de Asuntos Legales, a través de la O fi cina de Asesoría Jurídica que remita una consulta a los organismos competentes, a fi n que precisen el importe de la “Dieta de los regidores para el ejercicio 2023-2026”; De conformidad con los dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado mediante Ordenanza N° 433/MDSM, y sus modi fi catorias; y con las visaciones de la Gerencia Municipal, O fi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Recursos Humanos, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; POR UNANIMIDAD SE ACUERDA:Artículo 1°.- APROBAR la remuneración mensual por todo concepto para todo el período municipal del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Miguel, la cual asciende a la suma de S/ 11,400.00 (Once Mil Cuatrocientos con 00/100 Soles). Artículo 2°.- APROBAR la dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de San Miguel, la misma que asciende al monto de S/ 2, 340.00 (Dos Mil Trescientos Cuarenta con 00/100 Soles), manteniéndose el mismo monto de la gestión anterior, de conformidad con la primera disposición complementaria fi nal del Decreto Supremo N° 413-2019-EF. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Comisión de Asuntos Legales, a través de la O fi cina de Asesoría Jurídica que realice las consultas a los órganos competentes. Artículo 4°.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Ofi cina de Administración y Finanzas, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Tesorería. Artículo 5°.- ENCARGAR, a la Secretaría General la noti fi cación del presente Acuerdo de Concejo a las Unidades Orgánicas competentes. Artículo 6°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe); así como su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2149270-1MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Ordenanza que aprueba el Logo de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar ORDENANZA Nº 001-2023-MDSMM Santa María del Mar, 13 de enero de 2023EL ALCALDE DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTOEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR; VISTO:El Memorando Nº 021-2023-MDSMM/SG, de la Secretaría General; el Proveído 007-A-2013-GM de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 010-2023-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 003-2023-MDDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 002-2023-MDSMM-GM de la Gerencia Municipal; la Sesión Extraordinaria Nº 002-2023-MDSMM, de fecha 13 de enero de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía en los asuntos de su competencia no obstante, se encuentran sujetos a las leyes, disposiciones y normas técnicas que regulan las actividades y funcionamiento de los sistemas administrativos de la Administración Pública, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante el Memorando Nº 021-2023-MDSMM/ SG la Secretaría General remite el Informe Entregable 001-2023-JACHC, de fecha 12 de enero de 2023, el cual señala que “el Distrito de Santa María del Mar es uno de los distritos más atractivos de Lima en la temporada de verano, gracias a su paisaje, la tranquilidad de su zona marina, la seguridad y limpieza de sus instalaciones y su cercanía relativa al centro de la ciudad de Lima, según el Plan Estratégico Institucional PEI para el periodo 2022-2025, existe una serie de aspectos por mejorar en cuanto a la organización y optimización de los sistemas administrativos, como la plani fi cación y gestión del territorio, el mejoramiento del ornato púbico y; los Servicios Básicos de Limpieza, Parques, Jardines y Serenazgo, por lo cual estima que es necesario gra fi car y difundir a nuestros vecinos la identidad de la Municipalidad del Distrito de Santa María de Mar, que sea acorde con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional”, proponiéndose la modi fi cación del Logo Institucional. Que, mediante Informe Nº 010-2022MDSMM/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el Logo Institucional es una herramienta que estará presente en todas las aplicaciones de la marca corporativa (Municipalidad del Distrito de Santa María) y, que contribuirá a fortalecer la imagen institucional al servicio de la comunidad y teniendo como sustento técnico del cambio de logo la alineación al Plan estratégico Institucional PEI para el periodo 2022-2025, enlazando aspectos organizativos y de optimización de los sistemas administrativos, lo que signi fi ca intrínsecamente, organización y funcionamiento para la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, opinando que es procedente el trámite el trámite de lo referido a fi n de que