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8 NORMAS LEGALES Domingo 12 de febrero de 2023 El Peruano / Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF; Que, con el O fi cio Nº 000005-2023-DGM/MC, la Dirección General de Museos comunicó a Inversiones ASPI S.A., el inicio del procedimiento administrativo para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de cincuenta bienes culturales muebles de su propiedad; y mediante Carta s/n, ingresada con número de expediente Nº 2023-0011632 de fecha 27 de enero de 2023, Inversiones ASPI S.A. mani fi esta su conformidad con el procedimiento iniciado; Que, a través del Informe Nº 000031-2023-DGM/ MC la Dirección General de Museos remite al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales los Informes Nº 000013-2023-DRBM/MC y Nº 00003-2023-DRBM-MFR/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de cincuenta bienes culturales muebles propiedad de Inversiones ASPI S. A. como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los cincuenta bienes culturales muebles, presentan un alto grado de valor, importancia y signi fi cado artístico, histórico y social dentro del patrimonio mueble peruano, pues nos permite identi fi car tupus y prendedores que constituyen un legado de accesorio de la prenda femenina que datan desde el periodo prehispánico, virreinal y republicano; los cuales evidencian su uso por parte de una élite y que, además, constituyen bienes con un alto grado de desarrollo tecnológico en la orfebrería, ya que re fl eja su alta calidad de manufactura en cuanto a forma y diseño decorativo, los mismos que se han ido modi fi cando con el paso del tiempo y el uso. Su elaboración en plata atestigua la riqueza del metal proveniente de la sierra sur, así como las representaciones iconográ fi cas, siendo el resultado de la unión de dos culturas; en la que el orfebre tuvo la habilidad para fusionar, con originalidad, con los elementos propios de cada una de ellas, procurando su continuidad sin perder su funcionalidad. Tienen una fuerte vinculación con nuestro pasado y presente, puesto que el uso de estos accesorios aún se mantiene en algunas zonas geográ fi cas de nuestro país, con los que la sociedad se identi fi ca; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de cincuenta bienes culturales muebles pertenecientes a Inversiones ASPI S.A., advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Museos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a cincuenta bienes culturales muebles pertenecientes a Inversiones ASPI S.A., que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2150660-1DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0124-2023-DE Lima, 8 de febrero de 2023 VISTOS: El O fi cio Nº 0491/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00227-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00206-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante OF. RE (DSL) Nº 22-6-BB/346, el Director General de Soberanía, Limites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, la convocatoria para participar en la Quinta Sesión reanudada de la Conferencia sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante relativo a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (BBNJ, por sus siglas en inglés), que tendrá lugar en la sede de las Naciones Unidas, ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 de febrero al 3 de marzo de 2023, solicitando designar a un representante para que participe en el citado evento; Que, con O fi cio Nº 112/43, el Director General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional comunica, al Director General de Soberanía, Limites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la designación del Capitán de Navío Jesús Antonio MENACHO PIÉROLA, a fi n de que participe como representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en la Quinta Sesión reanudada de la Conferencia sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante relativo a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (BBNJ); Que, a través del Informe Legal Nº 005-2023/OAJ, la Jefatura Accidental de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Marina opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado O fi cial Superior, para que participe en la Quinta Sesión reanudada de la Conferencia sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante relativo a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (BBNJ), a realizarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 de febrero al 3 de marzo de 2023; Que, con O fi cio Nº 131/51, la Dirección General Accidental del Personal de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del citado viaje, adjuntando la Exposición de Motivos anexada, la cual señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la comisión de servicio del citado O fi cial Superior, por cuanto, permitirá fortalecer la in fl uencia del Perú en los asuntos marítimos internacionales, de acuerdo al Objetivo Prioritario Nº 1 de la Política Nacional Marítima, considerando que en esta sesión se prevé alcanzar consensos en los temas que generan mayores diferencias entre los Estados. Asimismo, permitirá a la Marina de Guerra del Perú ser parte del fortalecimiento de la Gobernanza internacional de los océanos, así como participar directamente en la evolución histórica del derecho del mar, considerando además que la citada conferencia es la más importante