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23 NORMAS LEGALES Martes 14 de febrero de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2023-MDB Mediante O fi cio N° 0013-2023-SG-MDB, la Municipalidad de Barranco solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 001-2023-MDB, publicado en Edición Extraordinaria el viernes 3 de febrero de 2023. DICE:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2022, (…) DEBE DECIR:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2023, (…) 2151161-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que otorga beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito de Comas para el pago de sus obligaciones tributarias ORDENANZA MUNICIPAL N° 655/MDC Comas, 7 de febrero de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de febrero de 2023, el Informe N° 011-2023-GAT/MDC de fecha 01 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 025-2023-GPP/MDC de fecha 02 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 089-2023-GAJ/MDC de fecha 03 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y el Dictamen N° 01-2023-CEAFPPTM/MDC de fecha 03 de febrero de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas 2023, sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que prorroga fecha de vencimiento del plazo para el pago de obligaciones tributarias 2023 y otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes de impuesto predial y arbitrios municipales en la jurisdicción del distrito de Comas, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Artículo 52° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2013-EF, dispone que, “Los Gobiernos locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean están últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos de que la Ley les asigne”;Que, mediante el literal c) de la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N°135-99-EF, dispone que, “Solo por Ley o por Decreto Legislativo en caso de delegación, se puede normar los procedimientos jurisdiccionales, así como los administrativos en cuanto a derechos o garantías del deudor tributario, así como los administrativos en cuanto a derechos o garantías del deudor tributario, y son competentes para este fi n los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, quienes tienen la potestad de crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley; asimismo, el artículo 41° del citado Código Tributario establece que, “la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley; Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo”; Que, el Artículo 62° del Texto Único Ordenado del Código Tributario – Decreto Supremo N°133-2013-EF, establece que la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria, cuyo resultado originaria la emisión de la Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso conforme a lo establecido en el Artículo 75° de dicho cuerpo legal; Que, mediante Ordenanza 652/MDC se estableció el cronograma de vencimiento de los plazos para el pago de las obligaciones tributarias del presente año; Que, mediante el Informe N° 011-2023-GAT/MDC de fecha 01 de febrero de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria, emite informe técnico por el cual propone la prorroga del plazo para el vencimiento de la primera cuota y/o el pago al contado del impuesto predial y la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales, ambos tributos correspondientes al 2023; así como el otorgamiento de bene fi cios tributarios a los contribuyentes según el nivel de cumplimiento del pago de las obligaciones tributarias de impuesto predial y arbitrios municipales; Que, mediante el Informe N° 025-2023-GPP/MDC de fecha 02 de febrero de 2023, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, concluye que es viable aprobar el “Proyecto de Ordenanza que prorroga fecha de vencimiento del plazo para el pago de obligaciones tributarias 2023 y otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes de impuesto predial y arbitrios municipales en la jurisdicción del Distrito de Comas”; Que, mediante el Informe N° 089-2023-GAJ/MDC de fecha 03 de febrero de 2023, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que resulta procedente aprobar el “Proyecto de Ordenanza que prorroga fecha de vencimiento del plazo para el pago de obligaciones tributarias 2023 y otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes de impuesto predial y arbitrios municipales en la jurisdicción del Distrito de Comas”. Debiéndose elevar al Concejo Municipal para su debate y aprobación correspondiente; Que, mediante el Dictamen N° 01-2023-CEAFPPTM/MDC de fecha 03 de febrero de 2023, la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, recomienda aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que prorroga fecha de vencimiento del plazo para el pago de obligaciones tributarias 2023 y otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes de impuesto predial y arbitrios municipales en la jurisdicción del distrito de Comas; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza, con el voto por MAYORÍA de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE COMAS PARA EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha del vencimiento del plazo para el pago al contado y/o la primera cuota del impuesto predial del ejercicio 2023 así