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63 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2023 El Peruano / de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el 28 de julio de 2023, se conmemora el bicentésimo segundo (202°) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Nuestro Aniversario Patrio es una oportunidad para rati fi car el compromiso de consolidar una nación peruana integrada y respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural; Que, es deber del Gobierno Local la conmemoración de esta magna fecha, como un justo homenaje a todos los gestores y aguerridos libertadores que proclamaron la independencia del Perú, por ello resulta necesario disponer el Embanderamiento General del distrito de Villa María del Triunfo, con el objetivo de promover la integración, identidad, patriotismo y conciencia histórica de la comunidad, mediante la participación activa en las acciones conmemorativas del aniversario patrio, incentivando la re fl exión cívico patriótica con enfoque intercultural, con la esperanza de que juntos saldremos adelante como una nación unida ; Estando en los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en el uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, instituciones privadas, colegios, clubes, o fi cinas, iglesias, establecimientos comerciales e industriales del distrito de Villa María del Triunfo, desde el día 15 de julio hasta el día 31 de julio de 2023, con ocasión de conmemorarse el bicentésimo segundo (202°) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la presente norma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano; a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo: https://www.gob.pe/munivillamariadeltriunfo/ Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2193352-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO N° 032-2023-MPA Arequipa, 22 de junio del 2023VISTA: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, realizada el 21 de junio del 2023, la invitación cursada a la Gerenta de Transporte Urbano y Circulación Vial, por la Encargada de Cooperación en Perú, para formar parte de la delegación peruana que participará en el primer viaje de estudio organizado en el marco de la cooperación técnica establecida entre el MTC, la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y CODATU, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 568-2023-MPA/GTUCV, la Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial (E), informa sobre la invitación recibida para ser parte de la delegación peruana que participará en el primer viaje de estudio organizado en el marco de la cooperación técnica establecida entre el MTC, la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y CODATU; Que, la delegación conformada podrá participar en el Foro Regional sobre Movilidad Urbana, que están organizando CODATU, Transdev y la Universidad de los Andes en Bogotá para compartir y debatir sobre soluciones frente a los desafíos del transporte y la movilidad urbana en América Latina. Que, en relación a la disponibilidad presupuestal CODATU, se hará cargo de los viáticos y pasajes en avión del miembro de la delegación; Que, mediante Dictamen Legal Nº 281-2023-MPA- GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión someter a consideración del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Arequipa la aprobación del viaje al exterior de la señora María Antonieta Chara Bellido, en su condición de Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial (E), en mérito a la invitación realizada por CODATU para participar en el Foro Regional sobre Movilidad Urbana organizado por CODATU, Transdev y la Universidad de los Andes en Bogotá a llevarse a cabo en el país de Colombia – Bogotá los días 26 al 30 de junio del 2023; Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o en representación de la municipalidad realice el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal Provincial y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, de la señora MARÍA ANTONIETA CHARA BELLIDO, Gerenta de Transporte Urbano y Circulación Vías (E) de la Municipalidad Provincial de Arequipa, para que viaje a la ciudad de Bogotá - Colombia, para participar en el Foro Regional sobre “Movilidad Urbana en América Latina”, organizado por CODATU, Transdev y la Universidad de los Andes en Bogotá, a realizarse entre el 26 al 30 de junio del 2023. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, viáticos y cualquier otro gasto que genere el viaje serán asumidos íntegramente por la entidad organizadora, no irrogando gasto alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo 3º.- DISPONER, a la funcionaria mencionada en el artículo 1º del presente Acuerdo de Concejo que, una vez, culminado el viaje informe al Concejo Municipal los logros y resultados y trasladen la información y experiencia adquirida al personal de la Gerencia de Transporte Urbano y Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR HUGO RIVERA CHÁVEZ Alcalde Provincial de Arequipa 2195037-1