Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

77 Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / PROYECTO FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de fi scalización y sanción, la Sunass veri fi cará que al fi nal de cada año del periodo regulatorio EPS EMAPICA S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS EMAPICA S.A. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el Anexo III del estudio tarifario del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/informes-publicaciones. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS EMAPICA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2023-2028 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL INCREMENTO TARIFARIO A. FÓRMULA TARIFARIA BASE Por el servicio de agua potable Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.092) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.092) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.089) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.088) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios del segundo año regulatorio de 9.2% en los servicios de agua potable y alcantarillado y de 8.9% y 8.8% en los servicios de agua potable y alcantarillado respectivamente durante el tercer año regulatorio, permitirán fi nanciar: i) los costos de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado; ii) los costos de inversión de los proyectos programados con recursos internamente generados y iii) costos e inversiones para la: implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC) y plan de control de calidad (PCC). En el primer, segundo, cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2023-2028 se realizará un reordenamiento de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el capítulo XIV del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 4.6% en el primer año, 1.1% en el segundo año, 0.5% en el cuarto año y de 0.4% en el quinto año. Las condiciones de aplicación del incremento tarifario base de EPS EMAPICA S.A. para el periodo regulatorio 2023-2028 se encuentran establecidas en el capítulo Fórmula tarifaria, sección XII.1 del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/informes-publicaciones ANEXO Nº 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS EMAPICA S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2023-2028 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS EMAPICA S.A. aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 4,2 10, se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 11. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado en el primer año regulatorio I.2.1 Para la localidad de Ica y Palpa CATEGORÍ ARANGO (m³)CARGO VARIABLE12 (S/ / m³ ) Agua Potable Alcantarillado Social 0 a más 0.90 0.37 Doméstico0 a 8 0.99 0.37 8 a 20 1.15 0.77 20 a más 3.13 1.46 Comercial y otros0 a 30 2.88 1.35 30 a más 3.82 1.78 Industrial0 a 80 3.82 1.78 80 a más 5.85 2.73 Estatal0 a 30 2.88 1.35 30 a más 3.82 1.78 Asignación Máxima de Consumo de la localidad de Ica y Palpa Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosIndustrial Estatal 16 16 30 80 30 I.2.2 Para las localidades de Parcona y Los Aquijes CATEGORÍARANGO (m³)CARGO VARIABLE13 (S/ / m³ ) Agua Potable Alcantarillado Social 0 a más 0.58 0.37 Doméstico0 a 8 0.58 0.37 8 a 20 1.15 0.37 20 a más 2.63 0.77 Comercial y otros0 a 30 2.63 1.23 30 a más 3.82 1.78 Industrial 0 a más 3.82 1.78 Estatal0 a 30 2.88 1.35 30 a más 3.82 1.78 Asignación Máxima de Consumo de las localidades de Parcona y Los Aquijes Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosIndustrial Estatal 16 16 30 80 30 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación